Boletín nº 48 (12-03-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 1.659/2013

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 856/2012 a instancia de la parte actora Dª. Carmen Rufs Cuesta contra Esabe Limpiezas Integrales, sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 20 de noviembre de 2012 cuyo tenor literal del fallo es el siguiente:

Que estimando básicamente la demanda formulada por doña Carmen Rufs Cuesta contra la empresa Esabe Limpiezas Integrales S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (1.699,92 €) en concepto de principal, más 169,99 € en concepto de interés de demora, y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que siendo la cuantía litigiosa inferior a 3.000 euros, contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Esabe Limpiezas Integrales, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 8 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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