Boletín nº 48 (12-03-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 1.668/2013
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento de reclamación de cantidad núm. 1079/2011, sobre Social Ordinario, a instancia de Rocío Gómez Ruz, contra Consultores Sociedad de Conocimiento S.L.L., en la que con fecha 11/05/12 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:
Acuerdo:
1º) Rectificar el antecedente de hecho primero de la sentencia, que queda como sigue:
El día 09/09/11 se presentó demanda solicitando una sentencia por la que se condene a la demandada al pago de la cantidad de 2.219,87 €, en concepto de salarios y finiquito impagados, más el interés por mora y legal correspondiente.
2º) El resto de la sentencia queda inalterado.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que es firme (arts. 215.4 de la LEC y 267.8 de la LOPJ).
Así lo acuerdo, mando y firma, Dña. María del Rosario Flores Arias.
Y para que sirva de notificación en forma a Consultores Sociedad de Conocimiento, S.L.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 6 de febrero de 2013.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.