Boletín nº 48 (12-03-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 1.830/2013

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1479/2012 a instancia de la parte actora Dª. Rosa Carrasquilla Alférez contra FOGASA, INSS, TGSS, Explotaciones Agromontillana S.L. y FREMAP, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación de la Secretaria Sra. Dª. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.- En Córdoba a 25 de febrero de 2013.

Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones y no apareciendo citada en legal forma la empresa demandada Explotaciones Agromontillana S.L., al encontrarse al ser desconocida en el domicilio indicado de Puerta de Aguilar núm. 53, 1º A de Montilla, según consta en autos, y consultada la guía telefónica, no constando en la misma, se solicita su número de teléfono a información, y no constando tampoco, y requerido el actor facilita nuevo domicilio en calle Fuente Álamo núm. 75 de la citada localidad de Montilla, y, obtenida información, por este Juzgado, vía telemática no aparece; procédase a su comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente en el Boletín Oficial correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados.

Cítese a la demandada y al Fondo de Garantía Salarial, a los actos convocados para el próximo día 2 de abril de 2013, a las 1030 horas de su mañana, dándole traslado al citado organismo de la demanda, a los efectos previstos en el art. 23.2 de la Ley de Jurisdicción Social. Remitiendo notificación de lo actuado a la empresa demandada al nuevo domicilio indicado por el demandante.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a la demandada Explotaciones Agromontillana S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 25 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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