Boletín nº 50 (14-03-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 1.695/2013

Don Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 150/2012 a instancia de la parte actora Dª. Enriqueta Jiménez Reyes contra Nairobi Safari S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha  del tenor literal siguiente:

Auto

En Córdoba, a 12 de febrero de 2013.

Parte dispositiva

S.Sª. Iltma. dijo: El escrito presentado por la parte demandante, así como la certificación del Acta de Conciliación, fórmense autos y conforme a lo solicitado, procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 853,18 euros en concepto de principal, más la de 170 euros calculados para intereses y costas gastos. Habiendo sido declarada en insolvencia la entidad ejecutada en el Juzgado de lo Social Núm. 3 de Córdoba, ejecución 155/12, dése traslado al FOGASA por termino de quince días para que alegue lo que a su derecho convenga.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Juan de Dios Camacho Ortega, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba.

El Magistrado-Juez

Y para que sirva de notificación a la demandada Nairobi Safari S.L, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 13 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial, firma ilegible.

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