Boletín nº 73 (18-04-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Fernán Núñez
Nº. 2.771/2013
Doña Elena Ruiz Bueno, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de esta villa de Fernán Núñez, (Córdoba), hace saber:
Terminado el plazo de exposición al público, de la modificación de la Ordenanza relativa a la tasa reguladora del servicio de piscina, instalaciones deportivas municipales y actividades deportivas, así como la Ordenanza reguladora del I.C.I.O., sin que se haya formulado reclamación u observación alguna, se publica la nueva redacción de tarifas para general conocimiento:
TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA, INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Artículo 5º. Cuota tributaria.
PABELLÓN CUBIERTO bono de 10 horas
Pista |
Sin Luz |
Luz Entrenamiento |
Luz Competición |
Pista completa |
75,00 € |
112,50 € |
150,00 € |
2/3 Pista |
45,00 € |
75,00 € |
105,00 € |
1/3 Pista |
22,50 € |
37,50 € |
52,50 € |
Pista de Tenis |
30,00 € |
45,00 € |
|
Bonos semestrales (un día a la semana), gozarán de una bonificación de 50%.
Actividad Deportiva Lucrativa y no Deportiva. 250 € (un día).
Actividad Deportiva Lucrativa y no Deportiva con Luz. 350 € (un día).
Carnet joven: 30% de bonificación (en caso de solicitud para campos de juego colectivo, será necesario que al menos el 75% de los participantes posean el carnet joven para gozar del descuento del 30%).
Celebración de eventos especiales en colaboración con el Ayuntamiento: reducción del 75%.
CAMPO DE CÉSPED ARTIFICIAL bono de 10 horas
Campo |
Sin Luz |
Con Luz |
Campo completo 1 h |
165,00 € |
247,50 € |
Partido de Fútbol |
247,50 € |
330,00 € |
Campo de Fútbol-7 1 h |
105,00 € |
157,50 € |
Bonos semestrales (un día a la semana), gozarán de una bonificación de 50%.
Carnet joven: 30% de bonificación (en caso de solicitud para campos de juego colectivo, será necesario que al menos el 75% de los participantes posean el carnet joven para gozar del descuento del 30%).
Celebración de eventos especiales en colaboración con el Ayuntamiento: reducción del 75%.
PISTAS DEPORTIVAS bono de diez días
Pista |
Sin luz |
Con luz |
Pista de tenis 1h |
30 € |
45 € |
Pista de padel 1H |
45 € |
60 € |
Bonos semestrales (un día a la semana), gozarán de una bonificación de 50%.
Carnet joven: 30% de bonificación (en caso de solicitud para campos de juego colectivo, será necesario que al menos el 75% de los participantes posean el carnet joven para gozar del descuento del 30%).
Celebración de eventos especiales en colaboración con el Ayuntamiento: reducción del 75%.
CAMPO DE FÚTBOL 7 ALBERO bono de 10 días
Campo.- Sin luz.- Con luz.
Campo de Fútbol-7 1 h; 75 €; 105 €.
Bonos semestrales (un día a la semana), gozarán de una bonificación de 50%.
Carnet joven: 30% de bonificación (en caso de solicitud para campos de juego colectivo, será necesario que al menos el 75% de los participantes posean el carnet joven para gozar del descuento del 30%).
Celebración de eventos especiales en colaboración con el Ayuntamiento: reducción del 75%.
ACTIVIDADES Y ESCUELAS DEPORTIVAS
La cuota de esta Tasa será la siguiente:
- Escuelas deportivas (ajedrez, baloncesto, balonmano, bádminton, fútbol, ciclismo, tenis, natación, atletismo, voleibol, y similares) 6 € mensuales por persona y escuela.
- Actividades deportivas: (gimnasia de mantenimiento, tai-chi, aeróbic y similares), 13 euros mensuales por persona y actividad.
- Actividades deportivas para jubilados mayores de 65 años y personas con acreditada minusvalía superior al 33%: 6,50 € mes.
- Natación de verano: 15 € persona y mes (13 € para los titulares del carnet joven).
- Natación de verano para jubilados mayores de 65 años y personas con acreditada minusvalía superior al 33%: 7,50 € mes.
- Aquaerobic y Aquagym: 13 € persona y mes, 10 € persona y mes para los titulares del carnet joven y 7,50 € persona y mes para jubilados mayores de 65 años y personas con acreditada minusvalía superior al 33%.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
ANEXO III: CUADRO DE PRECIOS MINIMOS EN ACTUACIONES SURBANÍSTICAS COMUNICADAS EN ORDEN A OBTENER EL P.E.M.
20 & M2: Acondicionamiento de local en bruto para aparcamiento de hasta 100m² de superficie construidos (o de vivienda unifamiliar cualquiera que sea su superficie): 90.
20 &Uds.: Adaptación, reforma&, de zonas comunes de edificios, de locales, instalaciones, cocheras (de hasta 100m² construidos o de viviendas unifamiliares), que no precisen de proyecto Técnico de conformidad con la LOE e local existente para aparcamiento de hasta 100m² de superficie construidos (o de vivienda unifamiliar cualquiera que sea su superficie). Revestimiento y terminación de sepultura con piedras naturales. Rellenar en las casillas anteriores correspondientes a los trabajos de adaptación a realizar: PEM
Segundo.- Solicito de conformidad con el art. 6 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios del Boletín Oficial de la Provincia, la exención del pago de este anuncio, dado que es de inserción obligatoria en el Boletín.
Fernán Núñez, 2 de abril de 2013.- La Alcaldesa, Fdo. Elena Ruiz Bueno.