Boletín nº 82 (02-05-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Moriles

Nº. 3.236/2013

Por Acuerdo del Pleno de fecha 7 de marzo de 2013, se aprobó la creación del Consejo Local Agrario, lo que se publica a los efectos del artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

"ACUERDO

Primero.- Aprobar la creación del Consejo Local Agrario de Moriles, cuyo Presidente será nombrado por la Alcaldía, conforme a sus Estatutos.

Segundo.- Aprobar los Estatutos que lo regularán, cuyo texto figura como Anexo I al presente Acuerdo.

Tercero.- Notificar el presente Acuerdo a los interesados de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Moriles, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Moriles, a 16 de abril de 2013.- La Alcaldesa, Fdo. Francisca A. Carmona Alcántara.

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