Boletín nº 86 (08-05-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 3.421/2013
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1479/2012 a instancia de la parte actora Dª Rosa Carrasquilla Alférez contra FOGASA, INSS, TGSS, Explotaciones Agromontillana S.L. y FREMAP, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:
Fallo
Que desestimando la demanda sobre reconocimiento de derecho en materia de Seguridad Social interpuesta por doña Rosa Carrasquilla Alférez, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua FREMAP y la mercantil Explotaciones Agromontillana S.L., debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra, confirmando la resolución impugnada de 30/7/12 y la posterior desestimatoria de la reclamación previa.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, debiendo anunciarlo en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.
Igualmente, en la interposición del recurso, deberá aportar justificante de ingreso de la tasa judicial conforme al modelo 696 de autoliquidación, en términos de lo previsto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, RDL 3/13 que la modifica y Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012.
Así por ésta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de la que dimana, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada Explotaciones Agromontillana S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 3 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.