Boletín nº 88 (10-05-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Castro del Río

Nº. 3.570/2013

Por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 24 de enero del 2013, se aprobó Definitivamente la Modificación del Plan Parcial PP-1 la Condesa, de Castro del Río, habiéndose procedido a la inscripción y deposito en el Registro Municipal y Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, y del cual, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, se procede a la publicación del articulado de sus normas:

OBJETO

Permitir el establecimiento de cualquier tipo de equipamiento en los suelos calificados en el Plan Parcial PP-1 como Social y Comercial, Educacional y Deportivo.

ANTECEDENTES

El Plan Parcial PP-1 se aprobó definitivamente con suspensiones por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba en sesión celebrada el 9 de junio de 1995. La subsanación de deficiencias la aprobó el Ayuntamiento de Castro del Río el 27 de junio de 1996.

La legislación urbanística aplicable en ese período era el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (RDL 1/1992, de 26 de junio) y sus reglamentos.

En base a esta legislación, y mas concretamente al Anexo al Reglamento de Planeamiento, el Plan Parcial estableció las calificaciones Social-Comercial, Educacional y Deportivo en los suelos de reserva para equipamientos.

Las Ordenanzas del Plan Parcial prevén en su artículo 25.3 Cambios de uso la posibilidad de cambiar el uso de las parcelas calificadas como equipamiento, siempre que el nuevo uso sea otro equipamiento.

La legislación urbanística actual la constituye la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA´02).

Esta norma regula la cuantía de reserva de suelo en los sectores de suelo urbanizable de uso característico residencial en su artículo 17.1.2ª,a), donde únicamente se exige la distinción entre equipamiento y áreas libres en los suelos destinados a dotaciones.

La demanda de equipamientos docentes y deportivos en el núcleo de Castro del Río está actualmente cubierta, no así la de equipamientos asistenciales de los que existe una demanda creciente.

JUSTIFICACIÓN Y PROCEDENCIA

La modificación parte del reconocimiento de la demanda real de equipamientos y pretende, en consecuencia, disponer de suelo que pueda albergarlos.

Esto supondrá una mejora en la gestión de los suelos destinados a equipamientos, con lo que queda suficientemente justificada la Modificación del Plan Parcial.

Debemos, no obstante, comprobar que la nueva situación da cumplimiento con los estándares de reserva de suelo exigidos por la LOUA´02.

Datos base para el cálculo:

- Superficie del sector: 75.035 m².

- Superficie de techo residencial: 48.562 m².

- Superficie de equipamiento: 9.463 m².

" Docente (parcela 154): 6.000 m².

" Deportivo (parcela 156): 2.712 m².

" Social-comercial (parcelas 152-154): 751 m².

- Superficie de áreas libres del Sector: 10.151 m².

" Juegos (parcela 153): 1.185 m².

" Jardines (parcela 157): 8.966 m².

- Superficie total de dotaciones: 19.614 m².

La LOUA´02 en su artículo 17.1.2ª,a) exige en los sectores de suelo urbanizable de uso característico residencial una reserva de suelo para dotaciones de entre 30 y 55 m² por cada 100 m² de techo residencial, de los que entre 18 y 21, y nunca menos del 10% de la superficie del sector, se destinarán a áreas libes.

Aplicando esta regla al PP-1 obtenemos:

1) Reserva total para dotaciones: entre 14.568,60 y 26.709,10 m² de suelo.

2) Reserva para áreas libres:entre 8.741,16 y 10.198,02 m² de suelo (no menor de 7.503,50 m²).

Observamos que la superficie total de dotaciones, así como la de áreas libres del PP-1 cumple lo exigido por la LOUA´02.

PROPUESTA DE ORDENACION

La ordenación propuesta unifica las actuales calificaciones Social-Comercial, Educacional y Deportivo bajo una sola que denomina Equipamiento.

DOCUMENTOS AFECTADOS

MEMORIA

4. ALTERNATIVAS DE ORDENACIÓN Y JUSTIFICACIÓN

4.2. Justificación de la ordenación propuesta

4.2.3. Reservas para dotaciones

ORDENANZAS

CAPÍTULO 6º. NORMAS PARTICULARES DE EDIFICACIÓN

Sección 4ª. Zona de equipamiento social y comercial

Sección 5ª. Zona de equipamiento educacional

Sección 6ª. Zona de equipamiento deportivo

ANEJOS A LA MEMORIA

ANEJO Nº 2: CUADROS COMPARATIVOS DE CARACTERÍSTICAS GENERALES.

2º Cuadro

ANEJO Nº 3: CUADRO RESUMEN DE SUPERFICIES

USOS PORMENORIZADOS

- Dotaciones

PLANOS

Plano nº 8: Zonificación.

DOCUMENTO VIGENTE

MEMORIA

4. ALTERNATIVAS DE ORDENACIÓN Y JUSTIFICACIÓN

4.2. Justificación de la ordenación propuesta

4.2.3. Reservas para dotaciones.

La reserva de suelo para dotaciones del Plan Parcial se ha realizado en proporción adecuada a las necesidades de la población que albergará el mismo y de acuerdo con los módulos fijados en el Anexo al Reglamento de Planeamiento de la Ley del Suelo.

Todas las áreas destinadas a equipamientos y zonas libres serán de dominio público mediante cesión obligatoria y gratuita por los propietarios del suelo incluido en el sector.

Dotaciones

Módulos art.

10 anexo R.P.

Superficies según

módulos (m²)

Superficie

Plan Parcial

Espacios libres

Jardines

15 m²/viv

5.625

7.504 (3)

10.151

Areas de

juego

3 m²/viv

1.125

Centros

Docentes

Preescolar

2 m²/viv

1.000 (1)

6.000

6.000

E.G.B.

10 m²/viv

5.000 (2)

Servicios de

interés público y social

Deportivo

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