Boletín nº 90 (14-05-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga)
Nº. 3.654/2013
Intentada sin efecto la notificación del Acuerdo de Inicio dictado en los expedientes sancionadores que se relacionan de forma detallada, instruidos por José María Vivancos Delgado, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los art. 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (LRJPAC), se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, significándoles que, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente, queda de manifiesto el expediente en la Sección de Salud, Consumo y Sanciones de este Excmo Ayuntamiento, sito en Plaza de las Carmelitas s/n, 29700 Vélez Málaga, pudiendo formular las alegaciones que a su derecho convenga, con la proposición y aportación de pruebas que considere oportunas, significándole que de no efectuar alegaciones en el plazo indicado la denuncia podrá ser considerada como propuesta de resolución, con los efectos previstos en los arts. 18 y 19 del R.D. 1398/93 (RPS), comunicándosele, que en virtud de lo establecido en el art. 8 del RPS, una vez iniciado el procedimiento sancionador si el infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver el procedimiento, con la imposición de la sanción que proceda.
1.- VA 025-0228-13. 2.- Adina Memet. 3.- 2750604345 389. 4.- C/. Principal, 1 C.P. 14940 Cabra (Córdoba). 5.- Ejercer actividad de comercio ambulante en la vía pública careciendo de la autorización municipal correspondiente. 6.- Art. 8.2 C de la Ley 9/1988. 7.- Muy Grave. 8.- Multa de 300,51 € a 601,01 €. Decomiso 60,10 €.
Claves:
1.- N1 expediente.
2.- Persona denunciada.
3.- DNI/NIE/CIF.
4.- Último domicilio conocido.
5.- Hechos denunciados.
6.- Norma infringida.
7.- Tipificación.
8.- Sanción/Multa.
En Vélez-Málaga a 16 de abril de 2013.- El Concejal del Área de Servicios Públicos, Salud y Consumo (acuerdo adoptado en sesión celebrada en fecha 30/07/12), Fdo. Francisco Natera Sánchez.