Boletín nº 92 (16-05-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2
Posadas

Nº. 1.852/2013

Don Francisco Palacios Muñoz, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Posadas, hago saber:

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de Dominio, Exceso de cabida 399/2012, a instancia de Francisco Téllez Crespo y Dolores Reyes Martín, representados por la Procuradora doña Matilde Esteo Domínguez, y asistidos del Letrado don Gregorio Delgado Guisado, expediente de dominio sobre rectificación de cabida y agrupación de fincas registrales para la inmatriculación de las siguientes fincas:

Primero.- Mis mandantes son dueños de las siguientes fincas situadas en este término municipal:

A) Finca urbana sita en la Aldea de Cañada del Rabadán, del término municipal de Fuente Palmera, señalada con el número 120 correspondiente al número 130 de gobierno de la Avenida de Andalucía, según referencias catastrales:

6398827UG1669N0001PQ aportada. Consta de planta baja con varias dependencias y parte de solar edificable, que consta registrada con una extensión de 300 metros cuadrados, siendo sus linderos actuales: Por la derecha entrando, con finca B descrita a continuación, propiedad de mis mandantes doña Dolores Reyes Martín; por la izquierda entrando, con finca propiedad actual de don José Dugo Martín, con NIF 30.536.017-K, con número de gobierno 132 de la Avenida de Andalucía y cuya referencia catastral es 6398828UG1669N0001LQ; al fondo, con finca propiedad de mis mandantes sita en calle Córdoba, 1 D y cuya referencia catastral es 6398834UG1669N0001MQ.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Posadas, tomo 880, libro 140, folio 19, finca número 6.844.

B) Finca urbana sita en la Aldea de Cañada del Rabadán, del término municipal de Fuente Palmera, señalada con el número 118 correspondiente al número 130 de gobierno de la Avenida de Andalucía, según referencias catastrales:

6398827UG1669N0001PQ aportada. Consta de planta baja con varias dependencias, el cual consta registrada con una extensión de 100 metros cuadrados, siendo sus linderos actuales: Por la derecha entrando, con finca propiedad actual de don Rafael Crespillo Reyes, con NIF 75.580.610-B, con número de gobierno 128 de la Avenida de Andalucía, según Catastro y cuya referencia catastral es 6398826UG1669N0001QQ; por la izquierda entrando, con finca A descrita anteriormente propiedad de mis mandantes; al fondo, con finca propiedad de mis mandantes sita en calle Córdoba, 1 D y cuya referencia catastral es:

6398834UG1669N0001MQ.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Posadas, tomo 880, libro 140, folio 22, finca número 6.845/Bis.

C) Finca urbana sita en la Aldea de Cañada del Rabadán, del término municipal de Fuente Palmera, señalada con el número 1 D de la calle Córdoba, correspondiente según referencias catastrales 6398834UG1669N0001MQ aportada. Consta de solar edificable, el cual consta registrada con una extensión de 320 metros cuadrados, siendo sus linderos actuales: Por la derecha entrando en su parte principal, con finca propiedad actual de don Juan Romero Pérez, con NIF 30.415.652-S y con número de gobierno 1 de la calle Sevilla según Catastro y cuya referencia catastral es:

6398833UG1669N0001FQ, por la derecha entrando en su parte final, con finca propiedad actual de don José Dugo Martín, con NIF 30.536.017-K, con número de gobierno 132 de la Avenida de Andalucía y cuya referencia catastral es:

6398828UG1669N0001LQ; por la izquierda entrando, con finca propiedad actual de don Rafael Crespillo Reyes, con NIF 75.580.610-B, con número de gobierno 128 de la Avenida de Andalucía, según Catastro y cuya referencia catastral es 6398826UG1669N0001QQ; al fondo, con fincas propiedad de mis mandantes sita en Avenida de Andalucía con número de gobierno 130 y cuya referencia catastral es 6398827UG1669N0001PQ correspondientes con las fincas A y B descritas anteriormente.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Posadas, tomo 848, libro 134, folio 161, finca número 5.163, inscripción 3ª.

Nos remitimos a efectos de prueba a las documentales números 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.

Sobre dichas fincas no hay constituido derecho real alguno.

Se pretende con este expediente la agrupación de las fincas descritas anteriormente y la rectificación de la cabida que consta en el título, y en su lugar inscrita la cabida correcta, precisa y real que tiene la agrupación de las fincas descritas anteriormente, que es la de 1.042,73 metros cuadrados, según acredita el informe emitido por el Ingeniero Técnico en Topografía, perteneciente al Iltre. Colegio de los de su clase de esta capital, don Carlos Criado Andujar, con domicilio en calle San Álvaro, nº 8-1º-12. C.P. 14002.

De dicho informe resaltamos dos aspectos:

1º.- Que la cabida que actualmente consta registrada procede de inscripciones anteriores de la finca que tomaron como base las antiguas medidas al uso (fanegas, celemines, etc.) y que posiblemente no se tradujo correctamente su equivalencia en metros cuadrados.

2º.- Que la cabida que se pretende registrar está tomada sobre el terreno, desde luego, y con los más modernos y fiables medios técnicos, y mediante operaciones contrastadas.

Nos remitimos a efectos de prueba a dicho informe técnico (documento número 8).

Segundo.- Mis mandantes adquirieron las meritadas fincas; en relación a las fincas A y B descritas en virtud de contrato de compra suscrito con don Antonio Reyes Martín y doña Valle Llagas Onetti, que se recoge en escritura pública de fecha 21 de abril del 2005 ante la Notario doña Rafaela Linda García y protocolo número 429, y con respecto a la finca C descrita anteriormente en virtud de contrato de compra suscrito con don Antonio Martín Onetti, que se recoge en escritura pública de fecha 2 de noviembre del 1983, ante el Notario don Paulino Ángel Santos Polanco y protocolo número 1.061, en cuyas copias se acompañan como documentos números 9 y 10.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que, en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Asimismo se cita a los transmitentes don Antonio Reyes Martín, doña Valle Llas Onetti y don Antonio Martín Onetti para que, dentro del término anteriormente expresado, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Posadas a 26 de diciembre de 2012.- El Secretario, firma ilegible.

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