Boletín nº 92 (16-05-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.783/2013

Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número  288/2013 a instancia de la parte actora D. José Luque Jiménez contra FOGASA y Guanabana 2010 S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DE LA SECRETARIA Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

En Córdoba a  3  de abril de  2013.

Visto el anterior escrito presentado por el demandante, y, el estado que mantienen las presentes actuaciones, y, no apareciendo citada en legal forma la empresa demandada Guanabana 2010 S.L. al ser desconocida en el domicilio indicado en demanda y en el que aparece en el Registro Mercantil, obtenido por el Juzgado via telemática y unido a las actuaciones, según consta en autos, e ignorándose, igualmente, por la parte actora, otro domicilio donde citar al demandado, y, consultada la guía telefónica, no constando en la misma, se solicita su número de teléfono a información, y no constando tampoco, practíquense las actuaciones del art. 156 de la L.E.C.;  procédase a su comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente en el "Boletín Oficial" correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrado.

Se acuerda citar al Fondo de Garantía Salarial y a la demandada Guanabana 2010 S.L. a los actos convocados para el próximo día uno de julio de 2013, a las diez y diez horas de su mañana, sirviendo el presente proveído de citación en forma.

Líbrese exhorto al Juzgado Decano de los de Montilla a fin de llevar a cabo la citación acordada, al no haberse podido llevar a cabo la misma, por correo ordinario certificado con acuse de recibo, adjuntándose copia de la información obtenida.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación al demandado Guanabana 2010 S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 3 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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