Boletín nº 95 (21-05-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 4.017/2013
De conformidad con los arts. 59 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio, que habrá de ser expuesto en la página web de este Ayuntamiento, Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Puente Genil y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, se efectúa la notificación que a continuación se transcribe, a herederos de D. José Cortés Fernández, al no conocer el domicilio de éstos.
Texto de la notificación: Por la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos (Decreto de Delegación de 22/06/2.011) se ha dictado en el día de hoy la siguiente:
PROVIDENCIA: Visto el informe emitido por la Sra. Arquitecta Municipal de fecha 30/04/2.013, a petición del Sr. Inspector-Jefe de la Policía Local, en relación al estado de ruina del inmueble sito en calle Bailén, nº 93, de esta localidad, el cual se trata de un inmueble de una planta, cuyo uso y tipología es de vivienda unifamiliar, actualmente desalojada, con las bovedillas del forjado de cubierta rotas, se desconoce la resistencia de las viguetas del forjado por los indicios de un incendio en la vivienda, instalación eléctrica, de abastecimiento de agua y saneamiento, inexistentes o en mal estado, revestimientos en mal estado y ausencia de carpinterías; concluyendo que el referido inmueble se encuentra en situación de ruina urbanística, por lo que se hace necesaria su demolición o rehabilitación.
El citado inmueble es propiedad de herederos de D. José Cortés Fernández.
En aplicación del art. 157 de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, póngase de manifiesto el expediente a los indicados propietarios, para que pueda ser examinado por éstos, concediéndoles un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al recibo de la notificación de la presente providencia, para que aleguen por escrito cuanto estimen conveniente en defensa de su derecho.
Lo que les hago saber para su conocimiento y efectos, señalándoles que, frente a la presente, por constituir un acto de mero trámite que no impide la continuación del procedimiento, no procede recurso, sin perjuicio de su impugnación en la resolución que ponga fin al procedimiento, en virtud del art. 107.2 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
La anterior notificación se hace pública mediante el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59 de la ley 30/1992 de 26 de Noviembre.
Puente Genil, 2 de mayo de 2013.- La Secretaria General. Fdo. Carmen López Prieto.