Boletín nº 106 (06-06-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Adamuz

Nº. 4.346/2013

Don Manuel Leyva Jiménez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adamuz (Córdoba), hace saber:

Que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 9 de mayo de 2013, se ha aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Adamuz, para el año 2013 y en cumplimiento de lo regulado en el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por R/D Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del R/D 500/1990, de 20 de abril, se inserta a continuación su resumen por Capítulos, Plantilla de Personal y retribuciones de los miembros de la Corporación.

ESTADOS DE INGRESOS

Capítulo I

Impuestos directos               

1.165.100,00 euros

Capítulo II

Impuestos indirectos

62.500,00 euros

Capítulo III

Tasas y otros ingresos                      

350.000,00 euros

Capítulo IV

Transferencias corrientes                            

1.837.516,27 euros

Capítulo V

Ingresos patrimoniales                       

58.000,00 euros

Capítulo VII

Transferencias de capital                 

2.000,00 euros

Capítulo IX

Pasivos financieros

250.000,00 euros

 

Total Estado Ingresos

3.725.116,27 euros

ESTADO DE GASTOS

Capítulo I

Gastos de Personal                                

1.133.911,29 euros

Capítulo II

Gastos de Bienes corrientes y servicios   

1.496.318,18 euros

Capítulo III

Gastos Financieros                                              

75.953,01 euros

Capítulo IV

Transferencias corrientes                                  

352.850,00 euros

Capítulo VI

Inversiones Reales                                  

285.000,00 euros

Capítulo IX

Pasivos Financieros

381.083,79 euros 

 

Total Estado Gastos

3.725.116,27 euros

ANEXO DE PLANTILLA

FUNCIONARIOS DE CARRERA

 

 

 

NIVEL

 

 

 

 

COMPL.

 

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA

NÚM.

GRUPO

DESTINO

SITUACIÓN

1. ESCALA DE HABILITACIÓN NACIONAL

1,1, SUBESCALA SECRETARÍA- INTERVENCIÓN

Secretario-Interventor

1

A1

28

Propiedad

2. ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

2.1. SUBESCALA ADMINISTRATIVA

Administrativo

1

C1

22

Propiedad

Administrativo

1

C1

15

Propiedad a extinguir

Administrativo

1

C1

15

Vacante

2.2. SUBESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Auxiliar Administrativo

1

C2

15

Interino

Auxiliar Administrativo

1

C2

15

Servicios Especiales

3. ESCALA TÉCNICA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

3.1. TECNICOS SUPERIORES

Arquitecto

1

A1

26

Interino

4. ESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES

3,1, SUBESCALA DE POLICÍA LOCAL

POLICÍAS LOCALES

4

C1

15

Propiedad

POLICÍAS LOCALES

1

C1

15

Vacante

Auxiliar Policía Local

1

C2

11

Propiedad a extinguir

3.2. PERSONAL DE OFICIOS

Limpiadora

1

E

13

Vacante

 

 

 

NIVEL

 

 

 

COMPL.

 

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA

NÚM.

GRUPO

DESTINO

SITUACIÓN

1. PERSONAL LABORAL FIJO

1.1. RAMA ADMINISTRATIVA

Administrativo

1

C1

19

Cubierta

Auxiliar Administrativo

2

C2

15

Cubierta

1.2. PERSONAL DE OFICIOS

Mantenimiento Albañilería (Ofic.1ª)

1

C2

15

Cubierta

Mantenimiento General (Ofic. 1ª)

1

C2

15

Cubierta

Cementerio (P. Espec.)

1

E

13

Vacante

Mantenimiento General (P. Espec.)

1

E

13

Cubierta

Guarda Montes Comunales (P. Espec.)

1

E

13

Cubierta

Guarda Montes Comunales (P. Espec.)

1

E

13

Vacante

2. PERSONAL LABORAL EVENTUAL

2.1 AREA DE DEPORTES

Dinamizador Deportivo (Aux.Advo.)

1

C2

13

Cubierta

Socorrista Piscina Mpal

1

C1

15

Vacante

Portero Piscina Municipal

1

C2

13

Vacante

Limpieza Instalac. Deportivas

1 T.P.

E

11

Vacante

Monitor Deportivo

3 T.P.

E

11

Vacante

2,2 AREA DE EDUCACIÓN

Conserje Grupos Escolares

1

E

11

Vacante

Auxiliar de Biblioteca

1 T.P.

C2

13

Vacante

Limpiadora de C.Educativos

3 T.P.

E

11

Vacante

3. PERSONAL LABORAL EVENTUAL ADSCRITO A CONVENIOS

2.1. SERVICIO DE SALUD

Recepcionista Centro Salud (Aux. Advo.)

1

C2

13

Vacante

Limpiadora

1 T.P.

E

11

Vacante

2,3 AREA DE JUVENTUD

Dinamizadora Juvenil (Aux.Advo.)

1

C2

13

Cubierta

2,4 AREA DE EDUCACIÓN

Directora Guardería

1

A2

16

Cubierta

Cuidadora Guardería

3 T.P.

E

11

Cubierta

Retribuciones, Indemnizaciones y Asistencias: En cumplimiento del art. 75.5 de la Ley 7/85, de 2 de abril, en redacción dada por la Ley 14/2000, de 28 de diciembre, a continuación se da publicidad a las retribuciones, indemnizaciones y asistencias de los miembros de la Corporación aprobadas e incorporadas a las Bases de Ejecución Presupuestarias de 2013.

A. Miembros electos con dedicación exclusiva:

- Alcalde-Presidente de la Corporación D. Manuel Leyva Jiménez: Retribución anual total de 28.500 euros, dividido en 14 pagas.

-1ª Teniente de Alcalde del Ayuntamiento Dª María Serrano García: Retribución anual total de 23.300 euros, divididos en 14 pagas.

B. Concejales: se establecen las siguientes indemnizaciones por asistencia a sesión ordinaria:

- A Junta de Gobierno Local: 135 euros

- A Sesiones Plenarias: 135 euros

C. A Grupos Políticos:

- Asignación fija anual a cada uno de los tres Grupos Políticos de 330 euros por concejal y año adscrito.

Contra el presente acuerdo podrán interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar, desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.

Adamuz, a 14 de mayo de 2013.- El Alcalde-Presidente, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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