Boletín nº 113 (17-06-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de El Carpio

Nº. 4.785/2013

Habiendo estado expuesto al público el Plan Económico-Financiero del Ayuntamiento de El Carpio por período de quince días a efectos de reclamaciones y no habiéndose presentado ninguna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, por remisión del artículo 23.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el mismo se considera definitivamente aprobado insertándose el mismo en el BOP de Córdoba. Contra la aprobación definitiva del Plan podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

En El Carpio a 5 de junio de 2013. El Alcalde-Presidente, Fdo. Francisco Ángel Sánchez Gaitán.

Dª Juana María Ortiz Duque, Secretaria-Intervención del Ilustrísimo Ayuntamiento de El Carpio.

Certifico

Que según consta en documentos obrantes en la Secretaría de mi cargo, el día 29 de abril de 2013, tuvo lugar la celebración de sesión Extraordinaria del Pleno de la Corporación en la que se adoptaron entre otros el siguiente Acuerdo:

4º. Aprobación del Plan Económico-Financiero.

Visto el contenido del informe de la Comisión Informativa de Asuntos Generales.

Visto que según el contenido del Plan éste obedece a que la liquidación del presupuesto de 2012 se ha realizado en inestabilidad presupuestaria debido, sobre todo, al ajuste del SEC 95 relativo a los pagos pendientes de aplicar a presupuesto que en fase de liquidación del presupuesto ha de aplicarse como mayor gasto no financiero.

Atendido que las causas y las medidas a adoptar constan en el referido Plan y que sobre todo consisten en ir aplicando los referidos pagos en los sucesivos presupuestos y atendido que la estabilidad se alcanzará en el plazo de un año, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, los señores asistentes, con el voto a favor de los miembros del Grupo de IULVCA, la abstención de los miembros del Grupo del PP y el voto en contra de los miembros del Grupo del PSOE, aprueban el Plan Económico-Financiero cuyo expediente es el nº 22/2013.

Y para que conste, se expide la presente certificación de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente de conformidad con el artículo 206 del RD 2568/1986, de 28 de diciembre, en el Carpio a 2 de mayo de 2013.

Consideraciones previas

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, establece para las entidades Locales la obligación que la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de la mencionada normativa, se realizarán en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea.

Se entenderá por estabilidad presupuestaria, la situación de equilibrio o superávit estructural.

Debemos tener en cuenta que la elaboración de un Modelo de Plan Económico-Financiero, resulta bastante compleja ya que con la estabilidad presupuestaria hay que hacer una evaluación continua y la solución puede variar en función de si nos encontramos en el momento de aprobar el Presupuesto, cuando se modifica o en el momento de la ejecución; asimismo la solución depende de la causa que origine el incumplimiento, de la situación económico-financiera del Ayuntamiento, de la estructura de sus ingresos y gastos.

Plan Económico-Financiero

A resultas de la liquidación del ejercicio de 2012, aprobada por decreto de la Alcaldía el día 1 de marzo de 2013 se pone de manifiesto que aquélla incumple el objetivo de estabilidad presupuestaria, y existiendo la obligación de elaborar un Plan Económico-financiero, se formula el presente para ser aprobado por el Pleno.

Plan Económico-Financiero del Ayuntamiento de El Carpio

Primero. Relación de entidades dependientes

Del Ayuntamiento de El Carpio no depende ningún Organismo Autónomo, ni ninguna Entidad pública empresarial ni ninguna Sociedad mercantil.

Segundo. Informe de evaluación

El Informe de fecha 1 de marzo de 2013, pone de manifiesto el incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria con ocasión de la liquidación del presupuesto de 2012.

a) Causas del incumplimiento: Esta necesidad de financiación se origina por:

1. Por el ajuste producido por el saldo de la cuenta 413. Considerando que tanto los acreedores pendientes de aplicar a presupuesto como el saldo del concepto no presupuestario 40001 y 40009 relativos a pagos realizados pendientes de aplicar a presupuesto intervienen como un ajuste del SEC 95, aumentando o disminuyendo la capacidad de financiación, resulta que en el momento de la liquidación del presupuesto, la diferencia de saldo inicial y final de la cuenta 413 es de 1.281.003,67 €.

Esta circunstancia provoca que el ajuste juegue como mayor gasto no financiero provocando la inestabilidad presupuestaria.

2. Los ajustes SEC por recaudación de los capítulos I, II y III de ingresos, también juega en sentido negativo a la capacidad de financiación.

b) Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, sin que se produzcan cambios en las políticas fiscales y de gastos, figuran como anexos a este Plan donde se comparan los derechos reconocidos y las obligaciones reconocidas desde el ejercicio 2010 hasta el 2016 para ver la evolución de los mismos. En dichos cuadros se puede apreciar que, aplicando las medidas propuestas, la liquidación del ejercicio de 2013 estará en estabilidad presupuestaria.

c) En cuanto a las medidas propuestas, descripción, cuantificación, calendario de aplicación y las partidas presupuestarias o registros extra presupuestarios en que se contabilizarán, hay que decir que:

Teniendo en cuenta que la causa de la inestabilidad radica en el ajuste por el saldo de la cuenta 413, engrosado por una gran cantidad de pagos pendientes de aplicación de ejercicios anteriores y teniendo en cuenta la obligatoriedad legal de la aplicación de los mismos a presupuesto, las medidas propuestas en el Plan son las que a continuación se dicen:

1. En un primer lugar se procede a aplicar obligaciones del saldo de la cuenta 413, mediante un expediente extrajudicial de reconocimiento de crédito que se aprobó en pleno de 1 de abril de 2013, por importe de 954.944,17 €. Estas obligaciones se aplicarán al capítulo 2 del presupuesto de gastos.

La fecha de aplicación prevista es antes de finalizar el mes de abril de 2013.

Con posterioridad, antes de finalizar el mes de julio de 2013, se prevé la aplicación de 75.857,94 € que corresponden a la deuda saldada con el Fondo de Financiación del Pago a Proveedores, y que está pendiente de aplicación definitiva.

Con lo cual, tendremos que al finalizar el mes de julio, se habrán aplicado 1.030.802,11 €.

Calculando de nuevo la estabilidad después de esta medida, simulando la liquidación de 2013, partiendo de escenarios de presupuestos de ingresos y gastos iguales al de 2013 y con una ejecución del 100% (a excepción del capítulo 2 que aumenta), tenemos que se alcanza la estabilidad presupuestaria a 31 de diciembre de 2013. En el capítulo 2 se aumenta el importe equivalente al reconocimiento extrajudicial de crédito por importe de 816.017,45 € cuya partida se dotó a través de una concesión de crédito extraordinario financiada con remanente de tesorería para gastos generales, que se suma a las previsiones iniciales de 749.717,58 €. Motivo por el cual, en 2013, el capítulo 2 de gastos aparece con un importe de obligaciones reconocidas de 1.565.735,03 €.

El resto de obligaciones aplicadas hasta alcanzar 1.030.802,11 € estaban previstas en el presupuesto no requiriendo modificación de crédito.

Sin embargo, quedan más pagos pendientes de aplicar a presupuesto siendo necesaria su aplicación. Por eso, se incluye entre los anexos uno que recoge los saldos de la cuenta 413 y su aplicación a través de varios ejercicios presupuestarios, 2014, 2015 y 2016. Quedando, en este ejercicio aplicados todos los pagos de los conceptos no presupuestarios 40001 y 40009. El desarrollo se puede ver en los cuadros anexos al plan.

No es necesario adoptar otra serie de medidas ya que la inestabilidad se produce por los motivos expuestos, pudiendo alcanzarse la estabilidad en el período de un año, incidiendo en el control el gasto y dando cumplimiento al RDL 20/2011, en cuanto a contratación de personal se refiere.

En El Carpio a 19 de abril de 2013.- El Concejal de Hacienda, Fdo. Juan Antonio González Prieto.

Anexos que se acompañan:

CUADROS:

1. Anexo de Evolución de Liquidaciones Tres Últimos Ejercicios.

2. Previsión de Liquidaciones de Ejercicios Posteriores hasta 2014.

3. Evolución de Liquidaciones hasta aplicar totalmente las operaciones pendientes de aplicar al presupuesto.

4. Aplicación de los Pagos Pendientes de aplicar al Presupuesto.

5. Cálculo de

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