Boletín nº 114 (18-06-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 4.783/2013

Publicado en el BOP num. 82 de 2 de mayo de 2013, el acuerdo de aprobación provisional del Reglamento del Centro de Iniciativas Empresariales Llanos de Jarata de este Excmo. Ayuntamiento y de cesión temporal de uso de edificios y espacios públicos municipales para el desarrollo de actividades productivas; finalizado el plazo de exposición pública del citado acuerdo sin la presentación de alegaciones o reclamaciones al mismo, se procede a la publicación del texto íntegro para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

"Reglamento del Centro de Iniciativas Empresariales Llanos de Jarata del Excmo. Ayuntamiento de Montilla y de Cesión Temporal de uso de edificios y espacios públicos municipales para el desarrollo de Actividades Productivas

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Ayuntamiento de Montilla, a través del Área de Promoción y Desarrollo Económico y el Área de Hacienda, ha planteado una decidida política de fomento de la promoción empresarial y el autoempleo a través de la cesión de espacios productivos del Centro de Iniciativas Empresariales y de la ampliación de servicios de apoyo al emprendimiento y a la consolidación de la pequeña y mediana empresa (PYME) mediante la Oficina del Emprendedor. Un afán por apoyar la creación de empresas y la consolidación de las ya existentes, así como la mejora de la competitividad de las mismas, al impulsar y reforzar los servicios de apoyo con los que cuentan, en las diferentes etapas del ciclo de vida de los proyectos empresariales.

Actualmente, la disposición de cinco espacios productivos en las instalaciones del Centro de Iniciativas Empresariales, con la naturaleza de dominio público, servicio público, destinados al desarrollo de iniciativas emprendedoras de PYMEs que realicen actividades inocuas, no responde a la amplia demanda de naves y locales para el desarrollo de actividades productivas de diversa índole por empresas nuevas y/o ya consolidadas, por lo que el Ayuntamiento de Montilla para hacer efectiva esta política de fomento de la promoción empresarial, plantea la oportunidad de incrementar los espacios públicos susceptibles de cesión temporal de uso para el desarrollo de actividades productivas.

En este sentido se distinguen dos tipos de espacios públicos objeto de cesión temporal de uso para el desarrollo de actividades empresariales:

- Por un lado las instalaciones del Centro de Iniciativas Empresariales del Ayuntamiento de Montilla, regulado por Reglamento de Funcionamiento aprobado por el Pleno de la Corporación con fecha 9 de mayo de 2007 (BOP nº 147 de 13 de agosto de 2007, modificado por acuerdo plenario de 10 de marzo de 2010 (BOP nº 112 de 16 de junio de 2010).

- Por otro lado, diferentes instalaciones y edificaciones municipales susceptibles de adaptación para la cesión temporal de uso a empresas.

Las presentes normas reguladoras tienen por finalidad adaptar el Reglamento de Funcionamiento del Centro de Iniciativas Empresariales Llanos de Jarata para mejorar la operatividad de su gestión y ampliar el mismo para regular la cesión temporal de uso de las diferentes instalaciones municipales que el Ayuntamiento pudiera poner a disposición de las empresas.

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto

Este Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento del Centro de Iniciativas Empresariales (CIE) del Excmo. Ayuntamiento de Montilla así como la cesión temporal de uso de diferentes instalaciones y edificaciones municipales para el desarrollo de actividades productivas.

El CIE Llanos de Jarata y las instalaciones municipales susceptibles de ser cedidas temporalmente a empresas que se recogen en el Anexo I, se rigen por el presente reglamento y las normas complementarias aprobadas por el Ayuntamiento de Montilla.

TÍTULO II. CENTRO DE INICIATIVAS EMPRESARIALES LLANOS DE JARATA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTILLA

Capítulo I. Definición y objeto del CIE

Artículo 2. Definición del Centro de Iniciativas Empresariales

1. Los terrenos sobre los que se construye el CIE forman parte del Patrimonio Municipal del Suelo, el Ayuntamiento de Montilla considera de interés público construir sobre dichos terrenos el CIE cuyas características, justificación, destino, etc., quedan suficientemente determinados en las cláusulas de este Reglamento.

Las instalaciones del CIE son destinadas a un fin público, cual es el que la Administración Pública, y en particular la local, participe y cree las condiciones necesarias para un adecuado fomento de la actividad económica, promoviendo, como establece el artículo 40 de la Constitución, las condiciones favorables para el progreso social y económico.

En atención a lo anterior y por su clara vocación de servicio a las nuevas empresas, dichas instalaciones se califican como bienes de dominio público, servicio público, al estar destinadas al cumplimiento de los fines públicos citados, realizándose su afectación por el acuerdo de Pleno que aprueba el presente Reglamento.

2. El Centro de Iniciativas Empresariales es una acción impulsada por el Ayuntamiento de Montilla con el objetivo de fomentar el desarrollo de iniciativas emprendedoras y proporcionar un espacio de gestión y un apoyo administrativo para los nuevos negocios.

3. El centro cederá temporalmente el uso de un espacio a las nuevas empresas interesadas para que puedan contar con una nave para desarrollar sus actividades y conseguir sus objetivos. Esta cesión comportará el derecho a disfrutar de una serie de servicios básicos y otros opcionales.

Artículo 3. Instalaciones que integran el Centro de Iniciativas Empresariales

El Ayuntamiento de Montilla pone a disposición del Centro de Iniciativas Empresariales determinados espacios en los edificios dependientes del mismo y que sean susceptibles de ser objeto de concesión.

La fijación concreta de las naves susceptibles de concesión será fijada por el Ayuntamiento de Montilla, según la disponibilidad concreta en cada momento, a propuesta de la Comisión de Valoración de cesión de espacios del CIE y por aprobación por Pleno.

Artículo 4. Misión

El Centro de Iniciativas Empresariales tendrá la siguiente misión:

a) Contribuir al desarrollo local, a través del impulso de una cultura emprendedora y una estructura que estimule y dirija la generación y creación de empresas.

b) Generar, promover e incrementar las iniciativas empresariales, tanto dentro como fuera del CIE y contribuir al éxito de las mismas.

c) Proveer recursos e infraestructura para la creación y consolidación de iniciativas empresariales y la transferencia de conocimientos dentro de un entorno de mutuo apoyo y estímulo.

Artículo 5. Objetivos

Serán objetivos del CIE, los siguientes:

a) Vincular el Ayuntamiento de Montilla, a través del Centro de Iniciativas, al sector productivo y a la sociedad.

b) Generar una cultura emprendedora en el municipio de Montilla.

c) Mejorar las ventajas competitivas de las pequeñas y medianas empresas de Montilla.

d) Crear oportunidades de trabajo y negocio.

e) Aumentar y fortalecer las iniciativas empresariales para favorecer un mayor desarrollo económico de Montilla.

Artículo 6. Funciones

Atendiendo a su misión y objetivos el CIE, realizará las siguientes funciones:

a) Fomentar y generar iniciativas empresariales, mediante la creación de un espacio común, el intercambio de ideas, de experiencias y el conocimiento entre las personas interesadas.

b) Ofrecer la posibilidad de utilizar una serie de recursos e infraestructura, que permitan obtener los servicios, oportunidades y posibilidades que estén al alcance de las empresas formalmente constituidas.

c) Asegurar un marco para el desarrollo de iniciativas emprendedoras de carácter privado, que pueda contar con el apoyo por parte de los poderes públicos, teniendo que responder exclusivamente a un estándar de calidad previamente establecido por la Comisión de Valoración.

d) Formar a emprendedores/as que lo deseen en el ejercicio y el desarrollo de sus iniciativas en el ámbito de la empresa, de sus cualidades emprendedoras, dotándoles para ello de un asesoramiento especializado y de acceso a recursos económicos y tecnológicos.

e) Articular un área de trabajo que fomente la creación de empresas coordinando, colaborando y optimizando las actividades desarrolladas por éstas en el CIE y en las distintas unidades funcionales con que cuenta el Ayuntamiento de Montilla.

f) Asesorar y gestionar ayuda financiera o apoyo para obtener subvenciones y recursos que contribuyan al cumplimiento de su misión y objetivos.

Artículo 7. Beneficiarios del Centro de Iniciativas Empresariales

1. Pueden beneficiarse de los servicios de este centro aquellas personas físicas o jurídicas con un proyecto empresarial que la Comisión de Valoración, creada al efecto, considere que tiene posibilidades de viabilidad.

2. Solo se admitirán el desarrollo de actividades calificadas como inocuas; aquellas otras incluidas en el Anexo III de la Ley 7/94 de 18 de mayo, de Protección Ambiental y excepcionalmente, aquellas otras que por su singularidad, características y circunstancias espec

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