Boletín nº 115 (19-06-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Torrecampo

Nº. 4.890/2013

Al no haberse presentado reclamaciones o alegaciones tras la publicación del anuncio en el BOP nº 67, de 10 de abril, de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de 22 de marzo de 2013, ha quedado aprobado definitivamente el Convenio Urbanístico de Monetarización del Aprovechamiento Urbanístico de la UE-2 de las NN.SS. de Torrecampo.

A continuación se inserta íntegramente el contenido expositivo y normativo del mismo para conocimiento general y a los efectos oportunos.

Convenio Urbanístico de Monetarización del Aprovechamiento Urbanístico de la UE-2 de las N.N.S.S de Torrecampo

Exponen

Primero. Las Normas Subsidiarias (N.N.S.S) de Torrecampo aprobadas definitivamente con suspensiones por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha 30 de octubre de 2001 y posteriormente la Adaptación Parcial a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía de las N.N.S.S de Torrecampo aprobadas definitivamente en sesión del Pleno de la Corporación de fecha 24 de febrero de 2011, publicado en el Boletín Oficial de la la Provincia nº 103, de 1 de junio de 2011, delimita una Unidad de Ejecución de Suelo Urbano No Consolidado 2 con una superficie bruta, tras el Estudio de Detalle aprobado definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento de Torrecampo en acuerdo plenario de 28 de octubre de 2010, de 3.470 m², y un aprovechamiento objetivo de 4.306,59 m²t.

Segundo. Mediante acuerdo en sesión ordinaria por el Pleno de la Corporación de 28 de octubre de 2010, fue aprobado definitivamente el Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución de Suelo Urbano No Consolidado 2 de las Normas Subsidiarias de Torrecampo, correspondiendo al Ayuntamiento de Torrecampo, de conformidad con dichos instrumentos 430,65 m²t de aprovechamiento (10% del aprovechamiento medio del sector aplicado sobre la superficie bruta de las parcelas).

Tercero. Dado el interés de la propiedad en orden a llevar a cabo la cesión del aprovechamiento urbanístico correspondiente al Ayuntamiento (430,65 m²t) a través del pago de cantidad sustitutoria en metálico conforme a lo previsto en el artículo 30.2.2ª de la LOUA, los promotores han propuesto, y el Ayuntamiento de Torrecampo ha aceptado (informe emitido por el Servicio de Arquitectura y Urbanismo Sección Pedroches con fecha de 17 de diciembre de 2012) la posible monetarización de dicho aprovechamiento.

Es por ello que, coincidiendo la voluntad de ambas partes, formalizan el presente Convenio Urbanístico de Gestión, de acuerdo con las siguientes

Estipulaciones

1ª) El presente Convenio Urbanístico tiene por objeto la sustitución del aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento de Torrecampo en la Unidad de Ejecución 2 de Suelo Urbano No Consolidado de las Normas Subsidiarias de Torrecampo por su equivalente económico.

2ª) Como consecuencia del cumplimiento del deber legal de cesión del 10% del aprovechamiento medio de la Unidad de Ejecución 2 de Torrecampo, corresponde al Ayuntamiento de Torrecampo 430,65 m²t.

3ª) De la valoración solicitada por los promotores y propuesta por el Servicio de Arquitectura y Urbanismo Sección Pedroches, resulta una monetarización del aprovechamiento urbanístico correspondiente al Ayuntamiento de Torrecampo equivalente a 14.645,67 € (catorce mil seiscientos cuarenta y cinco euros con sesenta y siete céntimos), teniendo en cuenta un valor de repercusión de 47,51 €/m² (308,29 m² x 47,51 €/m² = 14.645,67 €).

4ª) Los promotores procederán al pago fraccionado de la cantidad 14.645,67 € equivalente a la monetarización del aprovechamiento urbanístico del Ayuntamiento de Torrecampo. Los pagos se realizarán atendiendo al siguiente plan de etapas:

- 25% (3.661,42 €) en el plazo máximo de tres meses a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del anuncio de firma del Convenio.

- 25% (3.661,42 €) a la presentación en el Ayuntamiento del Proyecto de Reparcelación.

- 25% (3.661,42 €) a la aprobación inicial del Proyecto de Reparcelación.

- 25% (3.661,42 €) a la aprobación definitiva del Proyecto de reparcelación.

Las etapas de pago deberán quedar acreditadas con anterioridad a la inscripción del Proyecto de Reparcelación en el Registro de la Propiedad, y en consecuencia en el plazo máximo de tres meses a partir de la firmeza en vía administrativa del acuerdo de aprobación definitiva de dicho Proyecto, debiendo aportar en dicho plazo copia de la carta de pago en las dependencias del Área de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Torrecampo.

5ª) El Ayuntamiento de Torrecampo se obliga a respetar lo dispuesto en los arts. 30.2.2ª, y 95.2.1ª de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía en cuanto a destino y transmisión del patrimonio público del suelo.

6ª) La validez y vinculación del presente Convenio queda supeditada a su firma por las partes intervinientes, previa aprobación por el Excmo. Ayuntamiento de Torrecampo.

7ª) Una vez suscrito el presente Convenio, se publicará el correspondiente anuncio en el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba», procediéndose con anterioridad a dicha publicación a la inscripción del mismo en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

8ª) Los gastos de publicación de los anuncios relativos al presente convenio serán abonados por la Junta de Compensación de la UE-2, y el resto de gastos e impuestos que se originen como consecuencia de este convenio, serán abonados por cada parte según Ley.

9ª) Vigencia del Convenio: El presente Convenio entrará en vigor a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del anuncio relativo a su firma. Desde su entrada en vigor tendrá una duración de dos años, prorrogable por un único plazo no superior a seis meses, pudiendo solicitarse la prórroga en los tres últimos meses del plazo inicial de vigencia. Si pasado el plazo inicial de dos años o dos años y seis meses, en caso de haberse solicitado la prórroga, no se hubiese aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación el presente convenio quedará sin vigencia. No obstante, este hecho no impedirá que la Junta de Compensación pueda solicitar al Excmo. Ayuntamiento de Torrecampo la firma de un nuevo Convenio Urbanístico de Monetarización del Aprovechamiento Urbanístico de la UE-2 de Torrecampo con la consiguiente actualización del informe de valoración.

10ª) Cláusula de conformidad: y para que así conste y en prueba de conformidad firman el presente convenio por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.

En Torrecampo, a 6 de junio de 2013.- El Alcalde, Andrés Sebastián Pastor Romero.

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