Boletín nº 116 (20-06-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Iznájar
Nº. 5.098/2013
No habiéndose presentado reclamaciones contra la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 08/2013 de créditos extraordinarios, suplementos de créditos, acordada en sesión plenaria de 10 de mayo de 2013, el mismo ha quedado elevado a definitivo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
A continuación se insertan las modificaciones aprobadas, resumidas por capítulos:
A) Créditos extraordinarios: |
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Capítulo |
Denominación |
Importe |
III |
Gastos Financieros |
3.700,00 |
VI |
Inversiones Reales |
5.800,00 |
IX |
Pasivos Financieros |
7.000,00 |
|
Total créditos extraordinarios |
16.500,00 |
B) Suplementos de créditos: |
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Capítulo |
Denominación |
Importe |
VI |
Inversiones Reales |
410.000,00 |
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Total suplementos de créditos |
410.000,00 |
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Total Aumentos |
426.500,00 |
Recursos que financian la modificación: |
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1) Nuevos o mayores ingresos: |
||
IX |
Pasivos financieros |
100.000,00 |
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Total nuevos o mayores ingresos |
100.000,00 |
3) Remanente líquido de Tesorería: |
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VIII |
Remanente líquido de Tesorería gastos generales |
326.500,00 |
TOTAL IGUAL A AUMENTOS |
426.500,00 |
Según lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el referido expediente de modificación de créditos se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Iznájar, 10 de junio de 2013.- La Alcaldesa, Fdo. Isabel Lobato Padilla.