Boletín nº 118 (24-06-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 4.899/2013

De conformidad con lo establecido en el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y resueltas las reclamaciones presentadas por el Pleno de la Corporación, se considera aprobado definitivamente, por acuerdo Plenario en sesión celebrada el día 03 de junio 2013, el Presupuesto General para el ejercicio 2013, procediéndose a su publicación, resumido por capítulos:

PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD LOCAL

A) ESTADO DE GASTOS

Operaciones corrientes:

I

Gastos Personal

5.662.930,95

II

Gastos en Bienes corrientes y de Servicios

3.774.963,75

III

Gastos Financieros

370.105,41

IV

Transferencias corrientes

903.158,69

Total operaciones Corrientes Gastos

10.711.158,80

Operaciones de capital:

VI

Inversiones Reales

5.235.371,79

VII

Transferencias Capital

198.191,68

VIII

Activos Financieros

50.000,00

IX

Pasivos Financieros

1.164.592,98

Total operaciones de Capital Gastos

6.648.156,45

Total Presupuesto de Gastos de la Entidad

17.359.315,25

B) ESTADO DE INGRESOS Operaciones corrientes:

I

Impuestos Directos

5.856.176,36

II

Impuestos Indirectos

302.741,05

III

Tasas y Otros Ingresos

1.643.858,83

IV

Transferencias Corrientes

5.568.149,21

V

Ingresos Patrimoniales

221.972,55

Total operaciones corrientes ingresos

13.592.898,00

Operaciones de capital:

VI

Enajenaciones de Inversiones Reales

117.539,22

VII

Transferencias de Capital

3.448.878,03

VIII

Activos Financieros

50.000,00

IX

Pasivos Financieros

150.000,00

Total operaciones de capital ingresos

3.766.417,25

Total Presupuesto de Ingresos de la Entidad Local

17.359.315,25

Contra el mismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativo.

Baena, 6 junio 2013. La Alcaldesa, firma ilegible.

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