Boletín nº 130 (10-07-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 5.562/2013

Doña Rafaela Crespín Rubio, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hago saber:

Con fecha 19 de Junio de 2013 ha sido dictada Resolución de Alcaldía número 1.686, cuyo tenor literal es transcrito a continuación:

«Resolución de Alcaldía nº 1686/2013

Visto que por Resolución de Alcaldía número 413, de 16 de abril de 2012, fue autorizada la delegación en Dª Mª del Carmen Escudero Aranda, funcionaria de carrera perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, de la función de Secretaría consistente en compulsa y cotejo de documentos públicos y privados, que fueran a surtir efectos en el Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba) y en otras Administraciones Públicas (en este último caso siempre que concurriesen los requisitos legales para ello), así como documentación que pudieran requerir los ciudadanos que actuarán por delegación de la Secretaria:

Visto que por Resolución de Alcaldía número 1627, de 14 de junio de 2013, Dª Mª del Carmen Escudero Aranda ha sido adscrita al Patronato Municipal de Deportes para el desempeño de sus funciones como funcionaria de carrera perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar.

Como consecuencia de lo anterior, resulta necesario revocar la delegación de la función de compulsa y cotejo de documentos efectuada en la citada funcionaria de carrera así como delegar dicha función en Dª Mª Dolores Martín Álvarez, funcionaria de carrera perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, dado que tales documentos pueden ser comprobados directamente por el personal funcionario del Ayuntamiento de La Carlota, evitando con ello dilaciones indebidas en la cumplimentación de trámites y en aras de una mayor eficacia administrativa.

Visto lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1.174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter Nacional.

Atendido lo anterior y en uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, he tenido a bien dictar la siguiente Resolución:

Primero. Revocar la delegación de la función de la compulsa y cotejo de documentos efectuada en Dª Mª del Carmen Escudero Aranda por Resolución de Alcaldía número 413, de 16 de abril de 2012, por los motivos expuestos en la presente Resolución.

Segundo. Autorizar la delegación de la función de la compulsa y cotejo de documentos públicos y privados, que vayan a surtir efectos en el Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba) y en otras Administraciones Públicas (en este último caso siempre que concurran los requisitos legales para ello), así como documentación que pueda requerir los ciudadanos, a Dª Mª Dolores Martín Álvarez, funcionaria de carrera perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, que actuará por delegación de la Secretaria.

Tercero. La delegación autorizada en el apartado anterior se mantendrá vigente en tanto no sea revocada mediante la asunción de tales competencias por el titular, sin perjuicio de la posible avocación de la misma cuando circunstancias de índole técnica o jurídica lo exijan.

Cuarto. La delegación de firma para compulsa y cotejo de documentos se ejercerá de conformidad con los siguientes criterios:

1. Sólo se compulsarán los documentos que se presenten por los interesados en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de La Carlota para su recepción y tramitación ante el propio Ayuntamiento y ante otras Administraciones Públicas, en virtud del principio de colaboración interadministrativa, siempre que, en este último caso, concurran los requisitos legales para ello.

2. Sólo se compulsarán los documentos cuyos originarles obren en dependencias del Ayuntamiento de La Carlota y documentos que hayan sido emitidos por el mismo.

3. Los cotejos de copias con los originales deberán realizarse siempre que no exista duda sobre su correspondencia exacta con el original, no tengan tachaduras, anotaciones o se dude de la autenticidad del original.

4. La compulsa se formalizará diligenciando la misma mediante estampación de un sello que deberá contener los siguientes datos:

- Fecha, firma e identificación de la persona que compulsa.

- Indicación de que se hace por delegación.

Quinto. Notificar a las interesadas la presente Resolución debiéndose hacer entrega de los correspondientes sellos de compulsa para su utilización y custodia.

Sexto. La delegación de la función para compulsa y cotejo de documentos deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba».

Lo que se hace público para general conocimiento.

La Carlota, 19 de junio de 2103.- Firmado electrónicamente: La Alcaldesa-Presidenta, Rafaela Crespín Rubio.

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