Boletín nº 131 (11-07-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 8
Málaga

Nº. 5.555/2013

Doña Mª Rosario Serrano Lorca, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 8 de Málaga, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 798/2012, a instancia de la parte actora Dª Susana Sarabia Fernández contra Prestige Lucena S.L. y Viperaos S.L., sobre Despido Objetivo Individual, se ha dictado auto de fecha 07.05.13, siendo la parte dispositiva del tenor literal siguiente:

Estimar la solicitud de Condictia Administración Concursal, S.L.P. de aclarar la Sentencia nº 151/13 de fecha 07.05.13 dictado en este procedimiento en el sentido que se indica a continuación:

En el encabezamiento: Vistos por el Iltmo. Sr. D. José Luis Manjón-Cabeza Marín, Magistrado del Juzgado de lo Social Número Ocho de los de Málaga y su Provincia, los presentes autos por causa despido y cantidad, seguidos entre partes, de una y como demandante Dª Susana Sarabia Fernández; y de otra, como demandados Viperaos, S.L. (Horizonte Verde Hoteles) y Prestige Lucena, S.L.;

En el Fallo: 1. Estimar la demanda promovida por Dª Susana Sarabia Fernández contra Viperaos, S.L. (Horizonte Verde Hoteles) y Prestige Lucena, S.L. Habiendo sido llamado a juicio Condictia Administración Concursal, S.L.P., como Administrador concursal de Viperaos, S.L. (Horizonte verde Hoteles) y el Fogasa.

2. Declarar improcedente el despido.

3. Declarar extinguida la relación laboral a instancia de la trabajadora.

4. Condenar, conjunta y solidariamente, a Viperaos, S.L. (Horizonte Verde Hoteles) y Prestige Lucena, S.L. a abonar a Dª Susana Sarabia Fernández la cantidad de 5.302,80 € en concepto de indemnización, más la cantidad de 15.722,38 € en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido.

5. Condenar a las demandadas Viperaos, S.L. (Horizontes Verde Hoteles) y Prestige Lucena, S.L., conjunta y solidariamente, a abonar a Dª Susana Sarabia Fernández, en el concepto salarial arriba expresado, la cantidad de 9.860,87 €.

Incorporar esta resolución a Libro que corresponda y llevar testimonio a los autos principales.

Notifíquese la presente resolución.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D. José Luis Manjón-Cabeza Marín, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 8 de Málaga. Doy fe.

El Magistrado. La Secretaria.

Y para que sirva de notificación a la demandada Prestige Lucena S.L., actualmente en paradero desconocido, expido la presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 5 de junio de 2013.- La Secretarioa Judicial, firma ilegible.

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