Boletín nº 136 (18-07-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 5.952/2013
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 65/2013, a instancia de la parte actora D. Antonio Julián González Garrido contra Casas de Córdoba S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución, sentencia, de fecha 3 de junio de 2013 cuyo fallo es de tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda formulada por don Antonio Julián González Garrido, contra la empresa Casas de Córdoba S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de cinco mil seiscientos setenta y siete euros con cincuenta y ocho céntimos (5.677,58 €) en concepto de principal, más 506,42 € en concepto de interés de demora, y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030) con nº 1446 0000 65 006513 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.
Igualmente, en la interposición del recurso, deberá aportar justificante de ingreso de la tasa judicial conforme al modelo 696 de autoliquidación, en términos de lo previsto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, RDL 3/13 que la modifica y Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012.
Y para que sirva de notificación a la demandada Casas de Córdoba S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 28 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.