Boletín nº 148 (05-08-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 6.453/2013
Dª Victoria A. Alférez de La Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 796/2013 a instancia de la parte actora Dª Lía María Chamba Severino contra Canalizaciones y viales andaluces S.L., Actividades y Cauces del Sur S.A. y Logística y Suministros de Obra Civil S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:
Parte Dispositiva
ACUERDO:
La adopción de las siguientes medidas cautelares: embargo preventivo solicitado por la actora en cantidad de 2.003,18 euros en concepto de principal, así como intereses y costas causadas en el procedimiento que se estiman en 600,95 euros sin perjuicio de ulterior fijación en la fase de ejecución de sentencia.
Se decreta el embargo de las cantidades que la Empresa Municipal de Aguas Emacsa tenga pendiente de pago a las empresas que se reseñan en la presente resolución, haciendo constar la preferencia que tienen los créditos salariales de los trabajadores respecto a cualquier otro crédito a tener del artículo 32 ET, librándose al efecto para ello los oportunos oficios a la empresa Emacsa a fin de que retenga las cantidades referidas y las trasfiera a la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
Asimismo se acuerde el embargo preventivo de los siguientes vehículos: Furgón marca Citroen Berlingo matrícula 0643CDP; Camión Grúa marca Renault matrícula 4786DGJ; Furgón marca SEAT matrícula CO-4377-AU; Camión marca Fiat matrícula 3283 FPV; Camión Mixto marca Mercedes, matrícula 9741FKG; Furgoneta Citroen Jumper, matrícula 9825DPC; Camión Mixto marca Nissan matrícula 2609DPC; Camión Mercedes-Benz, matrícula 0641FWC; Vehículo Especial Volqueta marca Ausa, matrícula E 7520 BCZ; Vehículo Especial Volqueta marca Agria, matrícula E444BCN.
Dedúzcase testimonio del presente auto y fórmese con él pieza separada de Embargo Preventivo que lo encabezará.
Notifíquese este auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.
Así por este Auto, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., Actividades y Cauces del Sur S.A. y Logística y Suministros de Obra Civil S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba a 16 de julio de 2013. La Secretaria Judicial, firma ilegible.