Boletín nº 148 (05-08-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 6.454/2013

Dª Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 795/2013 a instancia de la parte actora Dª Rocío Vinuesa Subiza contra Actividades y Cauces del Sur S.A., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., Loalva S.L. y Logística y Suministros de Obra Civil S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

ACUERDO

La adopción de las siguientes medidas cautelares: embargo preventivo solicitado por la actora en cantidad de 6.962,42 euros en concepto de principal, así como intereses y costas causadas en el procedimiento que se estiman en 2.088, 73 euros sin perjuicio de ulterior fijación en la fase de ejecución de sentencia.

Se decreta el embargo de las cantidades que la Empresa Municipal de Aguas Emacsa tenga pendiente de pago a las empresa que se reseñan en la presente resolución, haciendo constar la preferencia que tienen los créditos salariales de los trabajadores respecto a cualquier otro crédito a tenor del artículo 32 ET, librándose al efecto para ello los oportunos oficios a la empresa Emacsa a fin de que retenga las cantidades referidas y las trasfiera a las cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Asimismo se acuerda el embargo preventivo de los siguientes vehículos: Furgón marca Citroen Berlingo matrícula 0643CDP; Camión Grúa marca Renault matrícula 4786DGJ; Furgón marca SEAT matrícula CO-4377AU; Camión marca Fiat matrícula 3283FPV; Camión mixto marca Mercedes, matrícula 9741FKG; Furgoneta Citroen Jumper, matrícula 9825DPC; Camión Mixto marca Nissan matrícula 2609DPC; Camión Mercedes-Benz matrícula 0641FWC; Vehículo especial Volqueta marca Ausa, matrícula E 7520 BCZ; Vehículo especial volqueta marca Agria, matrícula E 444 BCN.

Dedúzcase testimonio del presente auto y fórmese con él pieza separada del Embargo preventivo que lo encabezará.

Notifíquese este auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.

Así por este Auto, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Actividades y Cauces del Sur. S. A., Canalizaciones y Viales Andaluces S.L., Loalva S.L y Logística y Suministros de Obra Civil S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial del a Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 16 de julio de 2013. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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