Boletín nº 151 (08-08-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Montalbán
Nº. 6.418/2013
D. Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:
Que con fecha 19 de julio de 2013, esta Alcaldía ha acordado la aprobación del Padrón Cobratorio y liquidaciones correspondientes al 18/07/2013 de:
1. Tasa por Suministro de Agua Potable 2T-2013 por importe de 52.949,86 euros.
2. Tasa por Recogida de Basura 2T-2013 por importe de 19.489,36 euros.
3. Tasa por Prestación del Servicio de Alcantarillado 2T-2013 , por importe de 4.583,87 euros. Dichas tasas correspondientes al municipio de Montalbán de Córdoba las componen un total de 2.754 recibos.
La notificación de las liquidaciones se realizará de forma colectiva en virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, quedando expuestos al público los correspondientes padrones de contribuyentes a efectos de reclamaciones.
RECURSOS: Contra la aprobación de los padrones y las liquidaciones incorporadas a los mismos, podrá formularse Recurso de Reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
PLAZO DE INGRESO EN PERÍODO VOLUNTARIO: Desde el día 22 de julio de 2013 al 22 de octubre de 2013, ambos inclusive.
FORMA DE PAGO: En la Recaudación Municipal, sita en la Plaza de Andalucía nº 10 de Montalbán de Córdoba, de lunes a viernes y de 9 a 14 horas; también, las expresadas liquidaciones podrán abonarse a través de las Entidades Colaboradoras: Cajasur, La Caixa, Caja Rural de Córdoba, Banco Santander y Banco Popular.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y devengarán los recargos, intereses de demora y costas que en su caso produzcan.
Montalbán de Córdoba, a 19 de julio de 2013. El Alcalde-Presidente, Fdo. D. Miguel Ruz Salces.