Boletín nº 151 (08-08-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 6.544/2013

De conformidad con lo establecido en el artículo 49 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, se entienden definitivamente aprobado, al no haberse presentado alegaciones en el periodo de información pública, el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 28 de Mayo de 2013, sobre aprobación inicial de la modificación del Reglamento regulador de las Bases para la creación de la Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba.

Contra el citado acuerdo podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.

A los efectos previstos en los artículos 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 196.2 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el texto íntegro de la citada modificación de la ordenanza que como anexo queda incorporada al presente anuncio y que entrará en vigor una vez que se haya publicado el texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ANEXO DE MODIFICACIONES

Anexo IV

Bases Específicas

EDUCADOR/A INFANTIL

Donde dice: Título exigible. Los/as aspirantes deberán estar en posesión del título de Maestro especialidad Infancia o equivalente.,

Debe decir: Título exigible. Los/as aspirantes deberán estar en posesión del título de Maestro especialidad Infantil o título de grado equivalente; título de Técnico Superior en Educación infantil o cualquier otro título declarado equivalente a efectos académicos y profesionales.

Montalbán a 22 de julio de 2013. La Alcaldesa Accidental, Fdo. Mª del Carmen Pérez Moreno.

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