Boletín nº 151 (08-08-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Bujalance
Nº. 6.548/2013
Intentada la notificación personal en el domicilio de los interesados que se indican, de la Resolución de Alcaldía de fecha 2 de julio de 2013, dictada en expediente número 3/2013, sin que se haya podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, la siguiente RESOLUCIÓN:
Queda acreditado en el expediente que, intentada la notificación personal de la Resolución de referencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ésta no se ha podido practicar a los interesados que a continuación se indican:
Nombre y apellidos |
Número Identificación |
Domicilio |
Marina Martinez Lazarte |
7766225 |
San Antonio, 6 Escalera Dr-P01-A |
Epefania Mamani Yucra |
7829887 |
San Juan, 19 A-P01-DR |
Shahid Mahmood |
A7353382 |
San Antonio, 9-P01-B |
De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, RESUELVO:
Que se proceda a la notificación de la resolución referida a los interesados anteriormente indicada, por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra dicho acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses contados igualmente desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Bujalance a 19 de julio de 2013. La Alcaldesa en Funciones. (Decreto 233 de 23-4-2013). Fdo. Elena Alba Castro.