Boletín nº 151 (08-08-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Espejo
Nº. 6.711/2013
El Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de Espejo (Provincia de Córdoba) don Francisco Antonio Medina Raso, ha dictado resolución de fecha 30 de julio de 2013 cuyo tenor literal dice así:
Atendiendo que el titular de la Alcaldía-Presidencia de este Ilustre Ayuntamiento, don Francisco Antonio Medina Raso, estará ausente del municipio desde el día 1 de agosto de 2013 al 18 de agosto de 2013 (ambos inclusive) por disfrute de vacaciones, y siendo imprescindible para evitar la paralización o entorpecimiento del quehacer cotidiano municipal, que tal puesto se halle formalmente cubierto por imperativo legal.
Considerando que esta Alcaldía-Presidencia mediante decreto de fecha 17 de junio de 2011, resolvió nombrar 1º Teniente de Alcalde a la Concejal doña María Teresa Crespo Crespo.
Considerando lo dispuesto en el artículo 47.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 29 de noviembre (en adelante R.O.F.) del siguiente tenor: Corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, a sustituir en la totalidad de sus funciones y por orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones de Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde. A lo que añade el apartado 2, primer párrafo: En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del Alcalde no podrán ser asumidas por el Teniente de Alcalde a quien corresponde sin expresa delegación, que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44.
Considerando lo dispuesto en el artículo 48 del R.O.F. En los supuestos de sustitución del Alcalde, por razones de ausencia, el Teniente de Alcalde que asuma sus funciones no podrá revocar las delegaciones que hubiera otorgado el primero en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.
Considerando asimismo lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Bases de Régimen Local: Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre los Concejales
En consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia, en el ejercicio de las atribuciones que me confieren los preceptos legales anteriormente expresados, y a fin de salvaguardar el interés público general,
RESUELVO:
Primero. Nombrar a la Sra. Concejal doña María Teresa Crespo Crespo, para el desempeño de la totalidad de las funciones atribuidas a esta Alcaldía-Presidencia, durante el periodo comprendido: del 1 al 18 de agosto de 2013 (ambos inclusive), que actuará como Alcalde accidental.
Segundo. Notifíquese la presente resolución a doña María Teresa Crespo Crespo, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y tómese razón por el Servicio de Secretaría-Intervención. Espejo, 30 de julio de 2013.
Espejo, 30 de julio de 2013. El Secretario, Fdo. Antonio Miguel López Ortega.