Boletín nº 151 (08-08-2013)

VII. Otras Entidades

Patronato Municipal de Cultura
Palma del Río (Córdoba)

Nº. 6.732/2013

Habiéndose publicado en el BOP de fecha 25 de julio de 2013 el anuncio de licitación para la contratación del Servicio de Limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas, y observado un error en el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares, el Presidente del Patronato ha dictado el siguiente:

DECRETO 85/2013, de 30 de julio, de Revocación de la Aprobación de los Pliegos de cláusulas administrativas particulares y Pliego de prescripciones técnicas para la Contratación del Servicio de los Inmuebles del Patronato Municipal de Cultura, sito en calle Gracia nº 15 (Casa de la Cultura) y calle Cardenal Portocarrero (Caballerizas ) de Palma del Río (Cordoba).

Visto el informe, con propuesta de resolución, emitido por el Técnico de Gestión de Organismos Autónomos del Ayuntamiento de Palma del Río, sobre revocación, de la licitación para la contratación del servicio de limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas, que se transcribe:

Antonio Almenara Cabrera, Técnico de Gestión de Organismos Autónomos del Ayuntamiento de Palma del Río, en relación con el expediente de contratación del Servicio de limpieza emite el siguiente

Informe

Primero. Que en sesión de Junta Rectora celebrada el día 8 de julio de 2013, se aprobó el expedientede contratación, mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación , del contrato del Servicio de limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas que regirán el mismo.

Segundo. Que en el Pliego de cláusulas administrativas figura, de conformidad con lo establecido en el artículo 120 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el anexo IX, donde están reflejados los costes salariales facilitados por la empresas que actualmente está prestando el servicio.

Tercero. Que se ha observado un error consistente en que los costes salariares anuales que figuran en el anexo IX del Pliego áusulas Administrativas Particulares son superiores al tipo de licitación. Hecho que no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 87 del TRLCSP, cuando dice que los órganos de contratación cuidarán de que el precio sea adecuado para el efectivo cumplimiento del contrato.

Cuarto. Que el órgano de contratación, a tener de lo dispuesto en los Estatutos del Patronato Municipal de Cultura, es la Junta Rectora, ya que a ella corresponde las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos cuando su importe supere el 5 por 100 de los recursos ordinarios.

Quinto. Ante la imposibilidad de convocar sesión de Junta Rectora, para la adopción del oportuno acuerdo, los Estatutos sociales, en el apartado octavo del artículo 12 prevé que el Presidente, en caso de urgencia, en materias de la competencia de la Junta Rectora, pueda adoptar acciones administrativas en defensa de los intereses del Patronato. En este supuesto dando cuenta a la aquélla en la primera sesión que se celebre

Dado que la continuidad del procedimiento pueda causar perjuicios al interés público o a los derechos e intereses de los particulares, conforme a lo anterior, a la Presidencia del Patronato Municipal de Cultura, y de aplicación del ículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, RJAP y PAC, y hasta tanto se proceda a la comprobación y corrección oportuna de la discordancia puesta de manifiesto, propone la adopción del siguiente acuerdo.

Primero. La revocación de la aprobación de los pliegos de áusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas la licitación del servicio de limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas, y en consecuencia dejar sin efecto la licitación del servicio de limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas.

Segundo. La Convalidación de los actos anteriores a la aprobación de pliegos de áusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas la licitación del servicio de limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas.

Tercero. Ratificar el presente acuerdo en la primera sesión de Junta Rectora que se celebre, por ser el órgano de contratación competente.

Cuarto. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincial y en el Perfil del Contratante.

Palma del Río, a 30 de julio de 2013

Considerando lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, y en virtud del artículo 12 de los Estatutos del Patronato , por la presente,

He Resuelto:

Primero. La revocación de la aprobación de los pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas la licitación del servicio de limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas, y en consecuencia dejar sin efecto la licitación del servicio de limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas.

Segundo. La Convalidación de los actos anteriores a la aprobación de pliegos de áusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas la licitación del servicio de limpieza de los edificios de la Casa de la Cultura y Caballerizas.

Tercero. Ratificar el presente acuerdo en la primera sesión de Junta Rectora que se celebre, por ser el órgano de contratación competente.

Cuarto. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincial y en el Perfil del Contratante.

Lo manda y firma el Sr. Presidente del Patronato, ante mí la Secretaria Delegada, en Palma del Río a treinta de julio de dos mil trece.

El Presidente, Fdo. José Antonio Ruiz Almenara. Ante mí, La Secretaria Delegada, Fdo. Mª Rosario Esteve Navarro.

Palma del Río, a 30 de julio de 2013. El Presidente, Fdo. José Antonio Ruiz Almenara.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad