Boletín nº 158 (20-08-2013)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Territorial de Córdoba

Nº. 6.792/2013

Anuncio de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía por el que se somete a Información Pública el proyecto denominado proyecto de ejecución de línea de media tensión subterránea de 550 mts. y aérea doble circuito de 4.470 mts. tramo subestación Los Pedroches- Parque Solar Cruz del Doctor a efectos de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública.

Ref. Expediente: A.T. 42/11

A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en los artículos 115, 124, 125 y 144 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la instalación eléctrica que a continuación se indica, a efectos de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

Descripción de la instalación: 

a) Peticionario: Industrias Pecuarias de Los Pedroches S.A., con domicilio a efectos de notificación en C/ Cronista Sepúlveda 18.- 14400 - Pozoblanco, Córdoba.

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: término municipal de Pozoblanco, Córdoba.

c) Finalidad de la instalación: Conexión del Parque Solar Cruz del Doctor con la Subestación Eléctrica Los Pedroches.

d) Características principales:

- Origen: Subestación Eléctrica Los Pedroches.

- Final: Parque Solar Cruz del Doctor.

- Término municipal afectado: Pozoblanco, Córdoba.

- Longitud de la línea: 4.470 m. aérea, 550 m. subterránea.

- Tipo: (Aéreo/ subterráneo en canalización existente) Doble Circuito.

- Tensión: 15 kV.

- Conductores/ Fase: LA-110 (aéreo)/ 240 mm² Al (subterráneo).

El proyecto de ejecución de línea de media tensión subterránea de 550 m y aérea doble circuito de 4.470 m tramo subestación Los Pedroches- Parque Solar Cruz del Doctor produce las siguientes afecciones:

- Cruzamiento con Vereda de Hinojosa.

- Cruzamiento con líneas de media tensión Polígono Palomares.

- Cruzamiento con Ctra. A-423.

- Cruzamiento con Camino a la casa del Berrocoso.

- Cruzamiento con Vereda Vva. del Duque- Pozoblanco.

- Cruzamiento con Línea de alta tensión de transporte.

- Cruzamiento con Vereda Vva. del Rey- Pozoblanco.

- Cruzamiento con Arroyo del Pilar.

- Cruzamiento con camino vecinal de acceso a fincas.

- Cruzamiento con línea MT Guadarramilla.

- Cruzamiento con Cañada Real Soriana.

- Cruzamiento con Ctra. A-435.

A estos efectos en el anexo adjunto se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de los propietarios

Lo que se hace público para que puedan ser examinados el proyecto y la documentación para la tramitación de la instalación en esta Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, sita en calle Tomás de Aquino, s/n, Córdoba, y formularse al mismo las reclamaciones, por triplicado, que se estimen oportunas en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Asimismo, de acuerdo con el artículo 56 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, así como formular las alegaciones procedentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre.

Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en el artículo 52 y siguientes de la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del sector eléctrico:

a) Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.

b) Para el vuelo de la línea, constitución de servidumbre forzosa de paso aéreo o subterráneo de energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de cualquier tipo, excediendo las distancias mínimas reglamentarias.

c) Derecho de acceso o de paso a la finca, para realizar las reparaciones, mantenimiento, etc.

d) Ocupación temporal de la parcela, durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

Córdoba, a 17 de julio de 2013.- Firmado electrónicamente: El Delegado Territorial. José Ignacio Expósito Prats.


Adjuntos: 6-792_anexo.pdf |

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