Boletín nº 158 (20-08-2013)
VII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 6.811/2013
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión celebrada en fecha 30 de marzo de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:
«Nº 299/12. Gerencia de Urbanismo. Propuesta del Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de cesión de uso del edificio municipal donde se ha implantado el Centro de Salud El Higuerón, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía para su adscripción al Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía.
Examinado el expediente instruido al efecto, vistos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Propuesta favorable, por unanimidad, del Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, de fecha 28 de marzo de 2012, la Junta de Gobierno Local, previa declaración de Urgencia, adoptó los siguientes acuerdos:
Primero: En ejecución del Convenio de Colaboración suscrito en el año 2006 con el Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía para la construcción de un Centro de Salud tipo Consultorio Local en la Barriada de El Higuerón, acordar la cesión de uso y gratuita a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía para su adscripción al Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía del edificio municipal donde se ha implantado el Consultorio Local El Higuerón y para la afectación de este servicio público de interés general en el ejercicio de sus competencias con una duración de 30 años sujeto a las condiciones que se contienen en el anexo que se adjunta al presente acuerdo.
Descripción:
Manzana calificada por el vigente planeamiento como Equipamiento Comunitario situada en la Barriada de El Higuerón de esta Capital. De forma sensiblemente rectangular y topografía plana. Cuenta con una superficie total de tres mil seiscientos sesenta y ocho metros cuadrados (3.668,00 m²). Linda: Al Norte, en línea recta de 53,58 m., con calle sin denominación; al Oeste, en línea recta de 69,07 m., con la Avda. Principal de El Higuerón; al Sur, en línea recta de 52,52 m., con la calle Escritor Gonzalo de Saavedra; al Este, en línea recta de 69,24 m., con calle de nueva apertura.
Sobre la manzana se ha realizado una edificación destinada a Equipamiento Comunitario Centro Cívico y Consultorio Local de la Barriada de El Higuerón de esta capital. Se erige ocupando la esquina sudoeste de la parcela perteneciente al conjunto dotacional existente denominada Equipamiento 1. Su implantación conforma dos alas de edificación según los dos equipamientos que alberga y presenta fachada a sus linderos Sur (Escritor Gonzalo de Saavedra) y Oeste (Avda. Principal), así como al interior de la manzana. Ocupa una superficie de suelo total de 1.294,72 m². Cuenta con una superficie construida total de 2.502,20 m², de los cuales 1.656,55 m² están destinados al uso de Centro Cívico, 710,13 m² están destinados al Centro de Salud y 135,52 m² están definidos como zonas comunes.
El acceso a ambos equipamientos se realiza desde zona común en planta baja que comunica la Avda. Principal con la plaza pública que se ha realizado en el espacio libre de la manzana. Este pasaje atraviesa en dirección este-oeste toda la planta baja del edificio.
El Consultorio Local se desarrolla en dos plantas sobre rasante ocupando el ala oeste. En planta baja se ubica la recepción, el archivo, los aseos, la sala de extracciones, un área de servicio, donde se incluyen los oficios limpio y sucio, un almacén y dos consultas de pediatría. En planta alta se ubican ocho consultas estándar y el área de personal. En la planta segunda, sobre la azotea no transitable se ha construido una sala de máquinas de uso común. Su superficie construida asciende a 710,13 m². El acceso a la planta segunda donde se encuentra la sala de maquinas común se realiza a través de los accesos propios del centro cívico.
Se encuentra inscrita a favor del Ayuntamiento, finca nº 42.282 al tomo 1.787, libro 865, folio 153.
Segundo: Notificar el presente acuerdo a la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a los efectos de la aceptación por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, requisito previo antes de proceder a su formalización mediante documento administrativo a tenor de lo previsto en el art. 80.1 del RBELA.
Tercero: Poner en conocimiento del Consejo de Movimiento Ciudadano de Córdoba el presente acuerdo».
Córdoba, 18 de julio de 2013.- El Gerente, Fdo. Juan Luis Martínez Sánchez.