Boletín nº 163 (27-08-2013)

V. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Encinarejo

Nº. 7.033/2013

Aprobación definitiva del Expediente de Revisión de Ordenanzas Fiscales de la E.L.A. de Encinarejo para el Ejercicio 2013, a la cual se le adjunta Memoria con la relación de Ordenanzas revisadas (unificadas, modificadas, no modificadas y derogadas), así como las nuevas Ordenanzas

Siendo publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 7, de fecha 11 de enero de 2013, la aprobación inicial del Expte. en cuestión, aprobada inicialmente por la Corporación en Pleno, en Sesión Ordinaria, con fecha 29 de noviembre de 2012, y habiendo transcurrido el plazo de exposición al público de los acuerdos provisionales de Aprobación del Expte., sin que se hayan registrado dentro del plazo concedido, reclamación o alegación alguna, dichos acuerdos quedan elevados a definitivos de conformidad con lo dispuesto en el art. 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, TRLHL (RDL 2/2004, de 5 de marzo) y art. 49.c. de la Ley 7/85, de 2 de abril, modificada por Ley 11/99.

De conformidad con el art. 19 del TRLHL, los interesados podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo en los términos previstos en la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Texto del Expte., cuya Ordenación e Imposición se aprueba, es el que se transcribe en Anexo al presente Anuncio.

MEMORIA SOBRE LA REVISIÓN DE ORDENANZAS FISCALES DE LA ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA PARA EL EJERCICIO 2013

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. RELACIÓN DE ORDENANZAS

3. ORDENANZAS MODIFICADAS

4. ORDENANZAS NUEVAS

5. ORDENANZAS A DEROGAR

6. INFORMES TÉCNICOS

1. INTRODUCCIÓN

La revisión de las ordenanzas fiscales de la Entidad Local Autónoma de Encinarejo para el ejercicio 2013, se encuadran en un contexto general de crisis económica, donde la destrucción del tejido empresarial, alto nivel de desempleo y pérdida del poder adquisitivo de las familias, son denominadores comunes.

La situación económica de la E.L.A. de Encinarejo es particularmente delicada, pues se ve afectada tanto por este contexto económico, que está produciendo una caída de los ingresos públicos, como por la deuda heredada de anteriores Gobiernos Municipales, que fruto de la ineficiente previsión y ejecución de los presupuesto municipales de los últimos años, está generando graves problemas de liquidez al tener que afrontar el pago de la misma con la tesorería del ejercicio en curso.

La obligación de equilibrar las cuentas públicas, es decir no gastar mas de o que se ingresa, y pagar la deuda heredada, fundamentalmente a proveedores, hace indispensable adoptar un nuevo modelo de gestión económica que permita hacer posible cumplir con estos dos objetivos, sin que se vean resentidos la prestación de los servicios que presta la E.L.A. Desde el Gobierno de la E.L.A. se ha abordado con rigor el cumplimiento de este objetivo desde el plano de la reducción del gasto y del aumento de los ingresos.

El año 2012, el Gobierno de la E.L.A. de Encinarejo aprobó un presupuesto, que empezó a corregir lo desequilibrios presupuestarios, al tener como principios rectores en su elaboración, la prudencia y el realismo, previendo tanto la caída de la recaudación, como la caída de los ingresos por las subvenciones recibidas de otras administraciones. Esta previsión aún siendo muy prudente, ha minusvalorado la caída de la recaudación por las tasas y precios públicos, según los datos de recaudación aportados, por lo que deberá ajustarse en la elaboración del presupuesto para el 2013.

En 2013 la caída de ingresos derivados de la menor recaudación, se puede ver amortiguada por la reciente aprobación por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, del nuevo Convenio de Financiación, que contempla una mejora de las condiciones de financiación de la E.L.A. derivada del reconocimiento de nuevas competencias, si bien se trata de ingresos afectos a la prestación de dichos servicios.

Los ingresos derivados de las Ordenanzas Fiscales, suponen una parte importante del presupuesto destinado al pago de los servicios públicos esenciales, por lo su revisión se a abordado desde el máximo rigor. Esta revisión ha puesto de manifiesto los siguientes hechos:

* La mayoría de las Ordenanzas Fiscales no han sido revisadas ni en su estructura, ni en sus tarifas desde su aprobación en el año 1.999.

* En algunas Ordenanzas, las tarifas no se adecuan al coste real de lo servicios.

* Faltan hechos tributarios, debido a su falta de revisión.

La inadecuación de las Ordenanzas Fiscales a la realidad actual, tanto de costes como de hechos tributarios, tiene que ser abordada con mucha prudencia y especial sensibilidad, dada la situación que están atravesando muchas familias, derivadas de la situación de crisis.

Aún teniendo presente que en los futuros ejercicios habrá que hacer una actualización progresiva de las tasas y como mínimo aplicar el I.P.C. previsto, para que cubrir el coste real del servicio. El equipo de Gobierno de la E.L.A. de Encinarejo ha decidido congelar en el ejercicio 2013 las tasas y precios públicos.

Dado que las previsiones de subida del Índice de Precios al Consumo (I.P.C.) para el 2013, son del 2,7%, utilizando como referencia el dato publicado por el Instituto Nacional de Estadística de I.P.C. anual de agosto del 2012, se puede considerar técnicamente que no sólo se aplica una congelación sino que se produce una bajada de las mismas.

2. RELACIÓN DE ORDENANZAS

O.F. núm. 1: Reguladora de la tasa por utilización del fax (Unificada)

O.F. núm. 2: Reguladora de la tasa prestación servicio de fotocopiadora (Unificada)

O.F. núm. 3: Reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por entradas de vehículos a través de las aceras (Modificada)

O.F. núm. 4: Reguladora de la tasa por licencias urbanísticas (No modificada)

O.F. núm. 5: Reguladora de la tasa por documentos que expidan o de que entiendan las administraciones o autoridades locales a instancia de parte (Modificada)

O.F. núm. 6: Reguladora de la tasa por otorgamiento de las licencias de apertura de establecimientos (Modificada)

O.F. núm. 10: Reguladora de protección del medio ambiente acústico (No modificada)

O.F. núm. 11: Reguladora de la tasa por la prestación del servicio de piscina Luis Uruñuela, pista polideportiva descubierta, campo de fútbol y polideportivo Rafael Lozano (Modificada)

O.F. núm. 12: Reguladora del precio público por utilización de maquinaria de obra pública y herramientas de titularidad local (Modificada)

O.F. núm. 13: Reguladora del precio público por utilización del servicio de consulta a internet (Derogar)

O.F. núm. 14: Reguladora del precio público por la venta de libros y otras publicaciones editadas por el ayuntamiento de Encinarejo, exclusivamente o en coedición o que, promocionadas por el mismo, disponga de ella para su venta (Derogar)

O.F. núm. 15: Reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local con ocupaciones varias del subsuelo, suelo y vuelo (Modificada)

O.F. núm. 21: Reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general (Nueva)

O.F. núm. 22: Reguladora de la tasa por instalaciones de feria (Nueva)

O.F. núm. 23: Reguladora del precio público por utilización del edificio caseta municipal Cipriano Martínez Rucker (Nueva)

3. ORDENANZAS MODIFICADAS

Se presenta, en el presente epígrafe, la descripción y observaciones consideradas de interés de las modificaciones técnicas y tarifarias de cada Ordenanza Fiscal previstas para el ejercicio 2013 en relación a las tasas municipales:

O.F. núm. 1: Tasa reguladora del precio público por el servicio de fotocopiadora y fax

- Ordenanza que se desarrolla por la unificación de la O.F. núm. 1: Reguladora de la tasa por utilización del fax y la O.F. núm. 2: Reguladora de la tasa prestación servicio de fotocopiadora.

- No se establece ningún incremento porcentual para la tasa correspondiente a esta ordenanza.

- Se procede a la mejora técnica en el texto con adaptación a la legislación vigente.

- Se introducen las siguientes modificaciones para el servicio de fax:

* Tanto en el envío como en la recepción de fax se establece la misma tarifa si es una página o varias.

* Se contempla la emisión o recepción a color.

- Se introducen las siguientes modificaciones para el servicio de fotocopiadora:

* Se contempla la fotocopia en formato A4 y A3 o inferior en color.

- En relación a las bonificaciones, se amplía las mismas a las asociaciones o colectivos legalmente constituidos que estén residenciados en Encinarejo y se establece una tasa distinta dependiendo del número

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