Boletín nº 170 (05-09-2013)
V. Administración Local
Consorcio de la
Vía Verde de la Subbética
Mancomunidad de la Subbética
Carcabuey (Córdoba)
Nº. 7.103/2013
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Consorcio de la Vía Verde de la Subbética para el año 2013, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General del Consorcio, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
RESUMEN DEL ESTADO DE GASTOS E INGRESOS
ESTADO DE GASTOS |
||
Capítulo |
Denominación |
Importe |
1 |
Gastos de Personal |
6.020,00 |
2 |
Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
55.290,00 |
3 |
Gastos Financieros |
100,00 |
4 |
Transferencias Corrientes |
100,00 |
6 |
Inversiones Reales |
1.190,00 |
7 |
Transferencias de Capital |
0,00 |
8 |
Activos Financieros |
0,00 |
9 |
Pasivos Financieros |
0,00 |
TOTAL ESTADO DE GASTOS |
62.700,00 |
|
ESTADO DE INGRESOS |
||
1 |
Impuestos Indirectos |
0,00 |
2 |
Impuestos Directos |
0,00 |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
989,00 |
4 |
Transferencias Corrientes |
61.701,00 |
5 |
Ingresos Patrimoniales |
10,00 |
6 |
Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 |
7 |
Transferncias de Capital |
0,00 |
8 |
Activos Financieros |
0,00 |
9 |
Pasivos Financieros |
0,00 |
TOTAL ESTADO DE INGRESOS |
62.700,00 |
PLANTILLA DE PERSONAL:
A. Personal Funcionario:
Denominación, escala y subescala: Secretaría-Intervención (*).
Grupo y subgrupo: A1.
Nivel puesto de trabajo: 26.
Titulación: Licenciatura.
Nº Plazas: 1.
(*) Puesto no cubierto. Se está tramitando ante la Comunidad Autónoma expediente para la exención de sostenibilidad del mismo y su acumulación a otra entidad. Actualmente en situación de accidental. Cobertura presupuestaria conforme a artículo 31.1 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio.
B. Personal Laboral:
No se prevé ningún puesto inicialmente.
C. Personal Eventual:
No se prevé ningún puesto inicialmente.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Carcabuey, 12 de agosto de 2013.- El Presidente, José Ropero Pedrosa.