Boletín nº 178 (18-09-2013)
VII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 7.665/2013
De acuerdo con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se emplaza a D. Antonio Lozada Carmona, con D.N.I. 52241402F.
Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Oficina de Disciplina de Obras de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, y examinar los hechos que se le imputan, así como las consideraciones fácticas y de derecho que han determinado adoptar dicha resolución, concediéndole la posibilidad de interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, interponga Recurso de Reposición de carácter potestativo ante el mismo órgano que ha dictado la Resolución, o Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativos de Córdoba, en el plazo de dos meses a contar también desde el día siguiente al de la notificación del acto, a tenor de lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92 y 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente, bien entendido que si utiliza el Recurso de Reposición Potestativo no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente aquél o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto, lo que se producirá por el transcurso de un mes sin haber recibido notificación de la Resolución expresa del mismo.
Y ello en relación con el expediente:
Expediente Nº: 719/07/2010/SC.
Hechos: Construir casa de una planta de 115 m² aprox. cubierta de teja, sin la preceptiva licencia municipal.
Localización: Parc. La Perla 1ª Fase, Cmno. Unicef, 2ª Parc. Dcha
Actuación a notificar: Resolución del Procedimiento Sancionador.
Córdoba, 5 de septiembre de 2013.- El Gerente, Fdo. Juan Luis Martínez Sánchez.