Boletín nº 193 (09-10-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 6
Sevilla
Nº. 8.055/2013
Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 6 de Sevilla, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 102/2013, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones y Reformas Baena S.L. Laboral, sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Decreto de fecha 13/09/13 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Acuerdo:
Declarar a la ejecutada Construcciones y Reformas Baena S.L. Laboral en situación de insolvencia total por importe de 845,58 euros en concepto de principal, más la cantidad de 169,11 euros presupuestados para intereses y costas del procedimiento, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso de hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
La Secretaria Judicial
Y para que sirva de notificación a la demandada Construcciones y Reformas Baena S.L. Laboral, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a 13 de septiembre de 2013. La Secretaria Judicial, firma ilegible.