Boletín nº 196 (14-10-2013)

VII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo
Córdoba

Nº. 8.511/2013

Convocatoria de Incentivos al Mantenimiento y Crecimiento Empresarial, 2013

Por el Consejo Rector del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba en sesión ordinaria celebrada el día 4 de octubre de 2013, se adoptó, entre otros, el Punto Único de urgencias del tenor literal siguiente:

1. Aprobar las bases de la convocatoria de Incentivos al Mantenimiento y Crecimiento Empresarial 2013, de acuerdo a las condiciones establecidas en el documento anexo.

2. Financiar dicha convocatoria por un importe de 150.000 € con cargo al presupuesto de gastos del IMDEEC, con cargo a la aplicación presupuestaria 0 2410 47900 Otras Subvenciones a Empresas. Para financiar dicha convocatoria se ha contado con una aportación de 120.000,00 € de la Delegación de Presidencia y Cooperación del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

Dicha financiación atenderá a las solicitudes de Empresas, que ocupen a menos de 50 personas (micro y pequeñas empresas) (1), cualquiera que sea su forma jurídica, así como personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes y sociedad civil), legalmente constituidas (2), con una antigüedad de 2 años (3), a fecha de presentación de la solicitud de este incentivo, ubicadas y que ejerzan su actividad, en el municipio de Córdoba, y que realicen inversiones para los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba, cuyos gastos y pagos, se hayan realizado en el período comprendido entre el 1 de junio de 2012 y el 30 de junio de 2013 (ambos inclusive).

3. Autorizar al Sr. Presidente para la firma de cuantos documentos se deriven de la adopción de los presentes acuerdos.

Las bases de la convocatoria se encuentran publicadas en la página web: www.imdeec.es y en el Tablón de Anuncios del IMDEEC. Asimismo, se atenderá a las personas interesadas en el Dpto. de Fomento Empresarial del IMDEEC, sito en Avda. de la Fuensanta, s/n y en el teléfono 957 764229 (Ext. 2).

Córdoba, 7 de octubre de 2013. El Presidente del IMDEEC, Fdo. Rafael Navas Ferrer.

(1) Según art. 2, de la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOCE L 124 de de 20 de mayo de 2003).

(2) Las empresas solicitantes deberán estar formalmente constituidas, así como contar con los permisos, licencias y autorizaciones, tanto municipales, como de otro carácter, necesarios para su instalación y funcionamiento.

(3) A tales efectos, los dos años de antigüedad se contabilizarán a fecha de presentación de la solicitud de este incentivo, respecto de la fecha de alta en el IAE (modelo 036/037 de la Agencia Tributaria Central).

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