Boletín nº 199 (17-10-2013)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 8.276/2013

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 235/2013, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Sergio Moral González, Alejandro Carretero Recio, Baltasar Sojo García y Antonio José Recio Navero contra Fogasa, Remosur S.L y Auditores y Administradores Concursales, S.L.P., en la que se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente: S.Sª. Ilma. Dijo: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos a tenor de lo dispuesto en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la L.E.C.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Iltma. Sra. Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrada del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba.

Doy fe. La Magistrada-Juez

Con igual fecha se ha dictado Decreto que literalmente dice así: Diligencia de Ordenación de la Secretaria del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Córdoba, don Juan Carlos Sanjurjo Romero.

Córdoba a treinta de septiembre de dos mil trece.

Al haberse dictado Auto en las presentes actuaciones por la Magistrada de este Juzgado, acordando la ejecución general de la resolución dictada y de conformidad con lo previsto en el artículo 278 de Ley de Procedimiento Laboral, cítese a las partes de incidente a celebrar en la Sala de Audiencias de este Juzgado, el próximo día 31 de noviembre próximo, a las 11 horas, advirtiendo a las mismas que deberán acudir con todos los medios de prueba que estimen oportunos y con su resultado se resolverá, y sirviendo esta diligencia de citación en forma.

Notifíquese a las partes la presente diligencia haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición en la forma prevista en el artículo 184 de la L.P.L. y concordantes de la L.E.C.

La Secretario Judicial

Y para que sirva de notificación en forma a Remosur, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 30 de septiembre de 2013. El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.

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