Boletín nº 201 (21-10-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 8.338/2013
Doña Victoria Alicia Alférez de la Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los Autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1531/2012, a instancia de la parte actora don Agustín Vílchez Povedano y Ángel Hernández Romero contra Fogasa y Hermanos Gómez Persianas S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 24/09/13 del tenor literal siguiente:
Fallo
Estimando la demanda interpuesta por D. Ángel Hernández Romero y D. Agustín Vílchez Povedano, contra la empresa Hermanos Gómez Persianas S.L., condeno a la demandada al pago a los actores de 3.370,19 € a D. Ángel Hernández Romero, y de 3.368,56 € a D. Agustín Vílchez Povedano, en concepto de principal, más el interés correspondiente conforme a lo declarado en el fundamento de Derecho tercero de esta resolución.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse antes este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.
En la interposición del recurso, y salvo causa de exención legal en los términos interpretados por el acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 5 de junio de 2013, deberá aportar justificante de ingreso de la tasa judicial conforme al modelo 696 de autoliquidación, en términos de lo previsto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, Real Decreto Ley 3/2013 que la modifica y Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por el que se modifica la Orden HAP/2662/2012, a salvo excepción legal.
Y para que sirva de notificación a la demandada Hermanos Gómez Persianas S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 26 de septiembre de 2013. La Secretaria Judicial, firma ilegible.