Boletín nº 201 (21-10-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de El Carpio
Nº. 8.342/2013
Don Francisco Ángel Sánchez Gaitán, Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de El Carpio (Córdoba)
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en Dependencias del Juzgado de esta ciudad el día 28 de septiembre de 2013, a las 7:00 horas.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:
1. Delegar en el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, don Joaquín Jesús Pastor Gallegos el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 28 de septiembre de 2013, a las 19 horas.
2. Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En El Carpio, a 11 de septiembre de 2013. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Ángel Sánchez Gaitán. Ante mí: La Secretaria, Juana Mª Ortiz Duque.