Boletín nº 203 (23-10-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Pedro Abad
Nº. 8.669/2013
Don Rafael Arenas Rueda, Alcalde Accidental (Decreto 02/262/2013 de 19 de septiembre) del Ayuntamiento de Pedro Abad (Córdoba), hace saber:
Elección Juez/a de Paz
Agotado el mandato de la Jueza de Paz Titular se hace necesario proceder a convocatoria pública para cubrir dicha vacante.
La elección del/a nuevo/a Juez/a de Paz Titular se efectuará, entre todas las solicitudes que reúnan los requisitos, por el Ayuntamiento Pleno con el voto favorable de la mayoría absoluta, siendo nombrado por el Tribunal Superior de Justicia.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 del la L.O. del Poder Judicial y en el Reglamento 3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se apertura un plazo de quince días para que aquellas personas interesadas, y que reúnan los requisitos, lo soliciten mediante escrito dirigido a esta Alcaldía.
Requisitos:
- Ser español/a.
- Mayor de edad.
- Residir en la localidad.
- No ejercitar actividad profesional o mercantil que implique asesoramiento jurídico de ningún tipo.
- No estar incurso en causa de incapacidad de las reflejadas en el artículo 303 de la L.O. del Poder Judicial (impedidos física o psíquicamente para la función judicial o los condenados/procesados o inculpados por delito doloso).
En el caso de no haber solicitantes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente con sujeción a los mismos requisitos.
Lo que se hace público para general conocimiento de toda la población.
En Pedro Abad a 8 de octubre de 2013. El Alcalde Accidental, firma ilegible.