Boletín nº 206 (29-10-2013)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Obejuna
Nº. 8.628/2013
Ignorándose el domicilio de los interesados, a fin de notificar el Decreto de esta Alcaldía de fecha 23 de julio de 2013, relativo a Orden del Deber de conservación del inmueble sito en C/ Triana, 3 de Piconcillo (Fuente Obejuna) que a continuación se transcribe, se hará de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio de anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el Boletín Oficial de la Provincia
Decreto
A la vista del informe de comprobación emitido por los Servicios Técnicos Municipales de fecha 17 de julio de 2013, y que a continuación se transcribe, por el que se concluye que concurre causa de iniciación del procedimiento de imposición de orden de ejecución, y del informe de Secretaría de fecha 23 de julio de 2013, de conformidad y 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
Informe
Juan de la Cruz Payer Carricondo, Arquitecto Técnico del Excmo. Ayuntamiento de Fuente Obejuna, en aplicación de la Ordenanza sobre el deber de conservación y estado ruinoso de las edificaciones, personado en el inmueble de calle Triana número 3, de Piconcillo catastrado a nombre de Dña. María José García Paños, con referencia catastral número:
4084305TH8248S0001LR, emite el siguiente.
Informe:
Primero. Este solar en la actualidad se encuentra abierto en la calzada.
Segundo. Las reparaciones necesarias para el adecentado de este solar, serían las de vallado del solar.
Tercero. Que en el plazo máximo de diez días deberán realizarse las actuaciones descritas en el párrafo anterior.
Cuarto. En base a las actuaciones a realizar descritas en el apartado anterior y dimensión de este inmueble, estimo que el valor de todos estos trabajos asciende a la cantidad de cinco mil doscientos setenta y ocho euros (5.278 euros).
Emito la siguiente orden de ejecución,
Resolución
Primero. Ordenar la ejecución en el inmueble propiedad de Dña. María José García Paños, las obras necesarias de conservación descritas en la parte expositiva de esta resolución.
Segundo. El plazo para la ejecución de las obras es de diez días.
Tercero. Notificar esta propuesta de orden de ejecución a la propietaria interesada, que tendrá un plazo de diez días para presentar cuantas alegaciones, justificaciones y documentos estime necesarios, advirtiéndole de que, en caso de incumplimiento injustificado de la orden de ejecución, la Administración actuante podrá adoptar cualesquiera medidas de ejecución forzosa.
Fuente Obejuna a 7 de octubre de 2013. La Alcaldesa, firma ilegible.