Boletín nº 206 (29-10-2013)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 8.639/2013

Por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 9 de octubre de 2013, se ha resuelto lo siguiente:

Decreto 877/2013

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y por ende también la posibilidad de revocar las delegaciones, artículo 116 del ROF.

Razones de índole personal hacen imposible que el próximo día 19 de octubre de 2013, a las 13´00 horas, Dª María José Bogas Muela oficie el matrimonio civil que iba a autorizar en el Espacio Cultural de la Iglesia de los Desamparados.

Por consiguiente, vistos, entre otros, el artículo 21.3 de la LRBRL; artículo 116 del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:

1. Revocar el Decreto número 861/2013, de 4 de octubre, por el que se delegaba en la Sra. Concejala de este Ayuntamiento, Dª Mª José Bogas Muela, el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil a celebrar el día 19 de octubre de 2013, a las 13´00 horas en el Espacio Cultural de la Iglesia de los Desamparados.

2. Notifíquese esta Resolución a la interesada y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Aguilar de la Frontera a 9 de octubre de 2013. El Alcalde, Fdo. Francisco Juan Martín Romero.

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