Boletín nº 214 (11-11-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 8.975/2013
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 288/2013, a instancia de la parte actora don José Luque Jiménez contra Guanabana 2010 S.L., se ha dictado Resolución de fecha 25/09/13 del tenor literal siguiente:
"S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Guanabana 2010 S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 1.045 euros de principal, más 62,20 euros calculados para intereses y 104,50 euros calculados para gastos y costas de ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe".
Y para que sirva de notificación a la demandada Guanabana 2010 S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 25 de septiembre de 2013. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.