Boletín nº 214 (11-11-2013)
V. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 9.301/2013
El Pleno de esta Diputación Provincial, en sesión extraordinaria celebrada el día 8 de noviembre de 2013, en relación al expediente de Ordenanzas fiscales y de precios públicos para el ejercicio 2014 ha adoptado provisionalmente los acuerdos que se detallan a continuación:
1. La modificación de las siguientes Ordenanzas:
- Ordenanza general de gestión, inspección y recaudación de ingresos de derecho público de la Diputación Provincial de Córdoba.
- Ordenanza fiscal provincial reguladora de la tasa por la prestación de los servicios supramunicipales de tratamiento, recogida o gestión integral de residuos domésticos o municipales en la provincia de Córdoba.
- Ordenanza fiscal provincial reguladora de las tasas por la prestación de los servicios supramunicipales relacionados con la gestión del ciclo integral hidráulico en la provincia de Córdoba.
- Ordenanza provincial reguladora de los precios públicos de aquellos servicios de no recepción obligatoria, en el ámbito de la prestación de los servicios supramunicipales de tratamiento, recogida o gestion integral de residuos domésticos o municipales en la provincia de Córdoba.
2. La aprobación de dos nuevas Ordenanzas:
- Ordenanza fiscal provincial reguladora de la tasa por la prestación de los servicios en el Centro de discapacitados psíquicos profundos dependiente de la Diputación Provincial.
- Ordenanza reguladora del precio público por la realización de cursos, seminarios, talleres, conferencias, congresos y similares organizados por la Diputación de Córdoba.
3. La derogación de la Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios en el Centro de Minusválidos Psíquicos Profundos.
El citado expediente queda expuesto al público a efectos de reclamaciones en el Servicio de Hacienda de esta Diputación, en horas hábiles de oficina y durante los 30 días siguientes a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Córdoba, 8 de noviembre de 2013. El Vicepresidente 1º, Fdo. Salvador Fuentes Lopera.