Boletín nº 226 (27-11-2013)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 9.479/2013
Don Juan Carlos Sanjurjo Romero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 256/2013, a instancia de la parte actora doña María Dolores Durán Castillejos contra Tabanko Asador, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 19-6-2013 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
S.Sª. Iltma. Dijo: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos contra Tabanko Asador, S.L., por la suma de 4.200,54 euros en concepto de principal, más la de 840 euros calculados para intereses y gastos.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la L.E.C.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Iltma. Sra. Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrada del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe.
Y, asimismo, se ha dictado la siguiente:
Parte Dispositiva
Acuerdo: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes de la propiedad de la entidad ejecutada Tabanko Asador, S.L., en cantidad suficiente para cubrir el importe de 4.200,54 euros en concepto de principal, más la de 840 euros calculados para intereses y gastos.
Encontrándose la ejecutada en trámite de insolvencia provisional, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la L.E.C., advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.5 del citado texto legal.
Por este mi Decreto lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada Tabanko Asador, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 23 de octubre de 2013. El Secretario Judicial, firma ilegible.