Boletín nº 231 (04-12-2013)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Carcabuey

Nº. 9.622/2013

Conforme determina el artículo 17.4 del R.D.L. 2/2004, que aprueba el TRLRHL, el acuerdo provisional de aprobación de la reforma de la Ordenanza reguladora de la Tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes de rodaje cinematográfico, elevado automáticamente a definitivo al no haberse formulado reclamaciones en el período de exposición, se procede a la publicación de las modificaciones que se concretan en las siguientes:

REGULACIÓN DEL COMERCIO AMBULANTE.

Decreto Ley 1/2013, de 29 de enero (BOJA número 25 de 05/02/2013)

Artículo 9

Para la obtención de autorización municipal de puestos de comercio ambulante en este municipio se exigirá que los titulares de los mismos reúnan los siguientes requisitos:

1. Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente y al corriente en el pago del impuesto de actividades económicas, o en caso de estar exentos, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios.

2. Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda y al corriente del pago de las cotizaciones de la misma.

3. Tener contratado un seguro de responsabilidad civil, que cubra los riesgos de la actividad comercial, en el caso de que obtenga la oportuna autorización municipal.

4. Estar en posesión del Carné Profesional de Comerciante Ambulante.

5. Estar en posesión del Carné Sanitario de Expendedor, en el supuesto de venta de productos alimenticios y/o comestibles.

6. Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia para quienes no gocen de la nacionalidad española y estar inscrito en algún Registro General de Comercio Ambulante, del Estado de donde procedan.

RÉGIMEN Y ORGANIZACIÓN DEL MERCADILLO

Artículo 14

3. La licencia será intransferible y se concederá por un período de 15 años, salvo que fuere revocada por aplicación de las disposiciones contenidas en esta Ordenanza, siendo renovable ante expresa petición del comerciante que deberá presentar antes del 15 de Diciembre.

Artículo 19

...

El Ayuntamiento de Carcabuey, habrá de facilitar a la Dirección General competente en materia de comercio interior, mediante los instrumentos de comunicación que se determinen, una relación anual desagregada por sexo, de las autorizaciones concedidas, para el ejercicio del comercio ambulante.

De conformidad con lo que fija el artículo 19 del precepto reseñado, los interesados podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Carcabuey, a 22 de octubre del 2013. El Alcalde, Fdo. Antonio Osuna Ropero.

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