Boletín nº 232 (05-12-2013)

VII. Administración de Justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sevilla

Nº. 9.729/2013

Se hace saber que en el Recurso Contencioso-Administrativo número 197/2011, promovido por Vodafone España S.A., contra aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa especial del dominio público local, a favor de las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil, se ha dictado por Sección Tercera Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla sentencia en 16/09/13, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que debemos estimar y estimamos el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la entidad Vodafone España S.A. contra la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local a favor de las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Villa del Río de 27 de diciembre de 2010 (BOP de Córdoba número 244, de 29 de diciembre de 2010), que anulamos, ordenando la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del fallo de esta sentencia una vez adquiera la misma firmeza. Sin costas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe preparar el Recurso de Casación ante esta Sala en el plazo de los diez días siguientes a su notificación, debiendo acompañar al escrito de preparación del recurso, para su admisión a trámite, justificante de haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección la cantidad de cincuenta euros.

Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.

En Sevilla, a 12 de noviembre de 2013. La Secretaria Judicial, Fdo. María López Luna.

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