Boletín nº 232 (05-12-2013)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 9.732/2013

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 429/2013, a instancia de don Antonio Pavón Pedraza contra Construcciones Fernojosa S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado auto de fecha 13/11/13 y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"S.Sª. Iltma. dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Construcciones Fernojosa S.L. en cantidad suficiente a cubrir la suma de 7.808,59 euros de principal, más 468,51 euros calculados provisionalmente para intereses y 780,85 euros calculados para gastos y costas y las costas en los términos indicados en el FD 5º de la sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. señor don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Construcciones Fernojosa S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba  con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 13 de noviembre de 2013. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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