Boletín nº 237 (16-12-2013)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montemayor

Nº. 9.865/2013

Visto que este Ayuntamiento ha conocido la existencia de circunstancias suficientes para presumir que las personas que a continuación se relacionan no residen en este municipio y en el domicilio en el que figuran empadronados:

 

NOMBRE Y APELLIDOS

DOMICILIO

N.IE. PASAPORTE

NACIONALIDAD

MIRELA STEFANIA MIHAILESCU

CALLE JUSTO MORENO, 64 PBJ IZ

Y0755038P

RUMANIA

OCTAVIAN ADRIAN CATA TEODORESCU

CALLE JUSTO MORENO, 64 PBJ IZ

Y2165714W

RUMANIA

MARINELA MARCELA PIRCALABU

CALLE JUSTO MORENO, 64 PBJ IZ

11189969

RUMANIA

LAURENTIU CLAUDIU NICOLA

CALLE JUSTO MORENO, 64 PBJ IZ

10436672

RUMANIA

DAN CORNEL POPESCU

CALLE JUSTO MORENO, 64 PBJ IZ

8359247

RUMANIA

FIRAN TUTA

CALLE JUSTO MORENO, 64 PBJ IZ

8207200

RUMANIA

VASILICA PONDILA

CALLE JUSTO MORENO, 64 PBJ IZ

9749475

RUMANIA

RENI URSU

CALLE JUSTO MORENO, 64 P01 IZ

X08947962L

RUMANIA

CATALIN VIOREL DARAC

CALLE JUSTO MORENO, 64 P01 IZ

Y1874145G

RUMANIA

Visto que los servicios municipales competentes, tras las comprobaciones oportunas, han constatado que las citadas personas no residen habitualmente en este municipio, procede la incoación de expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes por inscripción indebida.

En cumplimiento del artículo 72 del citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y de la Resolución conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, de 1 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal, por medio del presente

RESUELVO:

1º Que se inicie el procedimiento para dar de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes a las personas indicadas, por su inscripción indebida, por haberse comprobado que no residen en este municipio.

2º Que se notifique la presente por los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los afectados para que, en un plazo de 10 días, aleguen y presenten por escrito los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que residen el mayor número de días al año, o bien manifiesten su conformidad con la baja, indicando el domicilio, municipio y, en su caso, país en el que viven habitualmente, en cuyo caso deberán solicitar por escrito el alta en el Padrón de Habitantes correspondiente, que será tramitada por este Ayuntamiento.

Si los interesados no manifiestan su disconformidad con la baja o no efectúan alegación alguna una vez transcurrido el plazo señalado al efecto, y no figuran empadronados en ningún otro municipio, se procederá a su baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento.

En Montemayor, a 25 de noviembre de 2013. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Díaz Díaz.

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