Boletín nº 237 (16-12-2013)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Victoria

Nº. 9.877/2013

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 30 de octubre de 2013, sobre el expediente de modificación de créditos número 1/13, que se hace público resumido por capítulos:

 

Aplicaciones Presupuestarias que se suplementan:

 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DENOMINACIÓN

CUANTÍA

FINALIDAD

942.46900

APORTACIÓN MANCOMUNIDAD

6.400,00

AUMENTO APORTACIÓN POR HABITANTE

929.62900

ADQUISICIÓN EQUIPAMIENTO

2.500,00

ADQUISICIÓN PANTALLA DIGITAL COLEGIO

929.22103

COMBUSTIBLE Y CARBURANTE

1.600,00

CONSUMO VEHÍCULOS

929.22699

OTROS GASTOS DIVERSOS

2.500,00

IMPREVISTOS

920.16007

SEGURIDAD SOCIAL OTROS TEMPORALES

3.500,00

SEGURIDAD SOCIAL EMPLEOS SOCIALES

TOTAL

16.500

2º) Financiar las expresadas Modificaciones con cargo a la Baja de Créditos de siguiente aplicación presupuestaria:

 

PARTIDA

DENOMINACIÓN

CUANTÍA

152.48002

REHABILITACIÓN VIVIENDAS

5.000,00

155.21000

VÍAS PÚBLICAS CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN

8.000,00

241.16011

SEGURIDAD SOCIAL PLAN EMPLEO

3.500,00

TOTAL

16.500

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En La Victoria, a 27 de noviembre de 2013. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Abad Pino.

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