Boletín nº 242 (23-12-2013)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 10.045/2013
D. Juan Carlos Sanjurjo Romero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 276/2013 a instancia de la parte actora doña Guadalupe Salas Pirt contra Esabe Limpiezas Integrales S.L sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 12/11/13 cuya parte dispositiva del tenor literal siguiente:
S.Sª. Iltma. Dijo: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos contra Esabe Limpiezas Integrales S.L por la suma de 480,56 euros en concepto de principal, más la de 96 euros calculados para intereses y gastos.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la L.E.C.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba. Doy fe.
Y, asimismo, se ha dictado la siguiente:
Decreto
Cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
ACUERDO: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes de la propiedad de la entidad ejecutada Esabe Limpiezas Integrales S.L en cantidad suficiente para cubrir el importe de 480,56 euros en concepto de principal, más la de 96 euros calculadas para intereses y gastos.
Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la L.E.C., advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.5 del citado texto legal.
Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Esabe Limpiezas Integrales S.L actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 12 de noviembre de 2013. El Secretario Judicial, firma ilegible.